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El Ayuntamiento de València lanza una campaña sobre el aplazamiento de pago de impuestos

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VALÈNCIA, 30 Mar. (EUROPA PRESS) –

El Ayuntamiento de València ha decidido lanzar una campaña informativa sobre el aplazamiento del pago de impuestos y tasas municipales previsto a raíz de la pandemia del coronavirus y de las consecuencias económicas derivadas de ella.

Así lo ha anunciado este lunes el concejal de Hacienda, Ramón Vilar, que ha indicado que el objetivo de esta iniciativa es que «tanto empresas como particulares tengan conocimiento de las medidas que se han adoptado ya por parte del gobierno de la ciudad» para paliar los efectos económicos de la actual crisis sanitaria, según ha informado la administración local en un comunicado.

Ramón Vilar ha destacado también que se han habilitado varias líneas telefónicas como complemento de esta campaña informativa con el fin de que «se pueda consultar cualquier duda sobre los aspectos tributarios que puedan surgir a los ciudadanos o a las empresas».

Los teléfonos habilitados en este caso son 96 208 13 60; 96 208 19 89 y 96 208 13 53, líneas que atenderán consultas de 8.30 a 14.00 horas para informar sobre todos los temas tributarios.

Además, ofrecerán datos sobre exenciones, bonificaciones, aplazamientos y fraccionamientos ya previstos inicialmente en las ordenanzas. Igualmente, el Ayuntamiento ha anunciado que llevará a cabo una campaña de información mediante envío de cartas a los domicilios.

Vilar ha señalado que con estas iniciativas el consistorio busca «despejar cualquier confusión que puedan estar sembrando los grupos municipales de oposición de PP y Ciudadanos», formaciones a las que el edil ha pedido «responsabilidad».

«La oposición debería saber que los recibos se envían a partir del 28 de febrero, momento en el que se desconocía el alcance de la pandemia, por lo que sería de agradecer que no generen más alarma entre una ciudadanía preocupada por la situación», ha manifestado el titular de Hacienda.

A este respecto, Ramón Vilar ha recordado que el periodo voluntario para pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en València debía acabar el 30 de abril y que el pleno del Ayuntamiento aprobó el pasado jueves prolongarlo hasta el 10 de julio por la crisis sanitaria.

Asimismo, ha comentado también que en el pasado pleno «se explicó que los recibos estaban llegando a los domicilios porque se habían emitido antes de la crisis» del Covid-19, al tiempo que ha destacado que se dijo que «todo el mundo podía acogerse al aplazamiento».

«DEVOLVER EL RECIBO»
«Nadie está obligado a pagar los recibos hasta la nueva fecha acordada. Quien tenga domiciliada su tributación también puede acogerse al aplazamiento. Simplemente, tiene que devolver el recibo en el banco», ha expuesto el responsable de Hacienda.

Además del IBI, el aplazamiento en el pago corresponde también a tasas de vados, y de mesas y sillas, entre otros. Ramón Vilar ha asegurado que se está estudiando la suspensión total en algunos casos este año.

PAGO A PROVEEDORES
Por otro lado, el edil ha mostrado su agradecimiento a los servicios municipales que han hecho posible que el periodo de pago medio a proveedores del mes de marzo, «pese a las dificultades de las últimas semanas, pueda cerrarse una vez más en negativo».

«Ahora es más importante que nunca que los proveedores del Ayuntamiento dispongan de liquidez, sobre todo, cuando se trata de pymes y personas autónomas», ha aseverado Vilar.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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