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Ayudas para los hipotecados más vulnerables: ¿quiénes las pueden pedir?

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Trucos ahorro hipoteca
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El Consejo de Ministros ha aprobado ayudas para los hipotecados más vulnerables. Ha adoptado un paquete de medidas dirigidas a las familias más afectadas por la subida del Euribor -el tipo de interés de referencia de las hipotecas a tipo variable- que ha provocado la guerra en Ucrania.

Más de un millón de hogares podrá beneficiarse de esta protección, aproximadamente un tercio de los que tienen hipotecas a tipo variable, según ha señalado la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño.

La vicepresidenta primera ha destacado que el Euribor se encuentra por debajo de los niveles históricos, las previsiones apuntan a su estabilización y no existe un «riesgo macroeconómico» porque la situación es muy diferente a la que se produjo con la crisis de 2007.

Ayudas para los hipotecados más vulnerables

Las iniciativas actúan en tres vías:

  • mejoran el tratamiento de las familias vulnerables;
  • crean un nuevo marco de actuación para los hogares de clase media en riesgo de vulnerabilidad
  • y establecen medidas generales aplicables a todas las hipotecas.

Quiénes pueden pedir estas ayudas

Aquellas familias con rentas inferiores a los 25.200 euros al año y un incremento del esfuerzo del 50%, con viviendas de hasta 300.000 euros.

  1. Se reduce el tipo de interés aplicable durante los 5 años de carencia en el pago del principal de la hipoteca, pasando del Euribor más 0,25% al Euribor menos 0,10%
  2. Se introduce la posibilidad de que las familias soliciten la reestructuración de la deuda en más de una ocasión
  3. Se duplica hasta los 24 meses el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda habitual, y se amplía de 6 a 12 meses el plazo para solicitar el alquiler social en la propia vivienda a la entidad financiera, por un importe máximo del 3% de su valor, por parte de las personas en situación de vulnerabilidad que estén sometidas a una situación de desahucio de su vivienda habitual.

Ejemplo de hipoteca de 120.000 euros

Como ejemplo una familia con una hipoteca tipo de 120.000 euros y una cuota mensual -tras la revisión de los tipos de interés- de 524 euros verá reducida su cuota durante el periodo de carencia de 5 años en más de un 50%, hasta los 246 euros.

Se amplía, además, el ámbito del Código para que se aplique a más de 300.000 familias. Así, los hogares vulnerables que no hayan experimentado un aumento del 50% de la carga hipotecaria podrán acogerse también al Código, en este caso con una carencia en el pago del principal de 2 años, un tipo de interés menor durante ese periodo y la posibilidad de alargar el plazo de la hipoteca hasta 7 años.

Familias con rentas inferiores a 29.400 euros

También se extiende a las familias de clase media que se encuentren en riesgo de vulnerabilidad como consecuencia del aumento rápido de la carga hipotecaria: el nuevo Código de Buenas Prácticas será aplicable a los hogares con renta inferior a 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) -unos 29.400 euros anuales- que tengan que hacer frente a una cuota hipotecaria superior al 30% de su renta y que hayan experimentado un incremento de esta carga hipotecaria de al menos el 20%.

Para estos casos, las entidades financieras deberán ofrecer la posibilidad de congelar la cuota durante 12 meses, una reducción del tipo de interés aplicable al principal que se aplace y un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años.

Este nuevo catálogo de medidas permitirá hasta a 700.000 familias adaptarse gradualmente al nuevo escenario de tipos de interés, según ha sostenido Calviño.

Medidas adicionales

Entre las iniciativas aprobadas, se incluyen otras dirigidas a reducir aún más todos los costes de conversión de las hipotecas de tipo variable a tipo fijo y a eliminar las comisiones por amortización anticipada y por conversión durante 2023.

El Banco de España elaborará una guía para deudores hipotecarios en dificultades, y se reforzará el seguimiento de la aplicación de ambos códigos.

Protección del cliente financiero

Reforzar la protección de los ciudadanos en el ámbito financiero es también el objetivo del proyecto de Ley de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero que el Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes. Esta nueva autoridad administrativa, que estará financiada por las entidades financieras, se encargará de resolver los conflictos que se produzcan entre las entidades financieras y los clientes cuando estos no queden satisfechos por la respuesta que se dé en las ventanillas de quejas y reclamaciones de las propias entidades.

La vicepresidenta primera ha apuntado que el procedimiento de presentación de reclamaciones será gratuito y con atención personalizada y que se establece un plazo máximo general de 90 días para la resolución de la reclamación, salvo circunstancias excepcionales. El texto amplía el ámbito de protección a los clientes en el ámbito de los ‘criptoactivos’ o los servicios ‘fintech’.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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