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IVI afirma que es necesario retomar los tratamientos en determinadas pacientes

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Nuestro país se encuentra inmerso en, probablemente, la mayor crisis sanitaria de su historia. Cuando se cumple poco más de un mes de confinamiento nacional, provocado por la pandemia del COVID-19, y cuando las cifras ya apuntan a una cercana desaceleración y doblegamiento de la curva de contagios, urge pensar en otra medida igualmente importante, que también defiende y apela a la vida, frenar un posible descenso de la natalidad en España.

IVI abanderó las recomendaciones de las sociedades científicas referentes al COVID-19, también tomó la iniciativa a la hora de prestar los respiradores de sus clínicas y donar material fungible a multitud de hospitales de la Sanidad Pública, pero recuerda que la esterilidad es una enfermedad reconocida por la OMS y que existen muchas pacientes que no pueden demorar sus tratamientos eternamente.

Siendo que la OMS no se ha pronunciado respecto a la concepción natural, la cuestión debería tratarse igual en materia de reproducción asistida. Donde el único inconveniente podría ser el contacto en las clínicas, un efecto que se evitaría tomando las medidas de prevención, seguridad e higiene oportunas.

Como apunta el Prof. José Remohí, presidente y cofundador de IVI “urge retomar los tratamientos en aquellas pacientes oncológicas que necesiten preservar su fertilidad, también en aquellas con baja respuesta ovárica o con una patología ovárica, como la endometriosis, por ejemplo, y las mujeres de edad avanzada. Concretamente estos tres grupos de pacientes no pueden demorar sus tratamientos ni un solo día más”.

Además, concede el Prof. Remohí que “los bebés nacidos en España gracias a la reproducción asistida suponen entorno a un 10% del total anual, si bloqueamos los tratamientos durante demasiado tiempo corremos el riesgo de experimentar una caída brusca de la tasa de natalidad en 2021, invirtiendo más si cabe la pirámide de población nacional”.

Desde que se decretó el Estado de Alarma, y viendo la tendencia actual, IVI, solo en España, se verá obligado a detener 4.000 tratamientos, con el grave riesgo que ello supone para las cifras de natalidad global. Por otro lado, el también presidente y cofundador de IVI, el Prof. Antonio Pellicer, afirma que “La Sociedad Italiana de Ginecología ya se ha manifestado a favor de retomar la actividad en breve. En España, y en IVI, siendo pioneros en reproducción asistida, deberíamos retomar la actividad cuanto antes. Esta pandemia nos ha de servir para guiar nuestras políticas de prevención futuras”.

Los profesores Remohí y Pellicer coinciden en que IVI buscó desde el principio la conciliación de sus empleados con sus respectivas familias, para aumentar la seguridad de los mismos, y de todas sus pacientes. Y, evidentemente, en el momento de retomar la actividad se extremarán las medidas de prevención, para evitar contagios, tales como estudios serológicos y medidas de desinfección, higiene y seguridad máximas.

El esfuerzo de toda la población por salir cuanto antes de esta crisis, sumado al esfuerzo del personal sanitario de nuestro país por salvar vidas a diario, debería verse complementado por el de los profesionales sanitarios de reproducción asistida que velan por minimizar los efectos del COVID-19 en la tasa de natalidad nacional futura. Sobre todo, recordando que no existe evidencia científica del riesgo de transmisión vertical de la enfermedad de la madre al feto.

Primera visita online
Para todas aquellas pacientes que se hayan visto privadas de realizar una primera visita presencial debido al Estado de Alarma, en IVI disponemos de un sistema de primera visita online gratuita, que cumple exactamente con los mismos estándares que la presencial.

Natalidad en España
Según datos del INE, España es uno de los países de la UE con menor tasa de natalidad, tras sufrir un descenso del 30% de nacimientos en los últimos diez años y tener una curva claramente descendente en los últimos cinco. La media de edad para concebir el primer hijo se ha retrasado hasta los 31 años, mientras que la media de hijos por mujer cae hasta el 1.25, unas cifras que hacen temblar la pirámide de población. Además, los nacimientos en madres de edad avanzada (con 40 años o más) se disparan hasta los 8.000.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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