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La mayoría de los refugiados que llegan a España proceden de Venezuela y Colombia

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Muchas personas que buscan refugio en la Unión Europea (UE) son rechazadas en las fronteras, en ocasiones, sin tener en cuenta su situación, ni la necesidad de garantizar su seguridad y protección, en oposición directa a uno de los principios fundamentales de la Convención sobre Refugiados de 1951. Esta situación, unida a la escasez de vías legales, implica mayores riesgos para la seguridad de las personas refugiadas.

En el Día Mundial del Refugiado, celebrado cada 20 junio, Cruz Roja recuerda la importancia de que los estados renueven y fortalezcan su compromiso con la Convención de Refugiados de 1951, reforzando los pilares de un enfoque coordinado a largo plazo para proteger a las personas refugiadas. Este enfoque debería asegurar la existencia de vías legales y seguras para que el derecho de asilo sea una realidad en Europa.

Cruz Roja Española trabaja con las personas solicitantes de asilo y refugiadas desde hace más de 30 años, desarrollando una amplia respuesta humanitaria para apoyarlas en los procesos de acogida e integración.

En España, las nacionalidades mayoritarias de las personas atendidas por Cruz Roja en 2018 han sido venezolanas (el 24,8%), colombianas (el 12,2%), ucranianas (el 8,6%) y sirias (el 6,4%). El 40% de las personas atendidas fueron mujeres y el 23% tenían menos de 18 años.

Cruz Roja Española es una de las organizaciones que participan en la gestión del programa de acogida a personas solicitantes de protección internacional en España, financiado por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (MITRAMISS) y el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI) de la Unión Europea.

La intervención de Cruz Roja consta de varias fases que cubren desde la primera acogida hasta la integración y la autonomía de los participantes, con una duración aproximada de 18 a 24 meses.

Para ello, Cruz Roja diseña itinerarios personalizados de inserción socio laboral que cubren las necesidades básicas de los refugiados y solicitantes de Protección Internacional, ofreciéndoles, entre otros, servicios de apoyo jurídico, psicológico, traducción e interpretación, aprendizaje del idioma, ayudas económicas, formación, orientación e intermediación laboral.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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