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La OMS eleva a 79,2 millones los casos y a 1,75 millones los muertos por covid

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OMS

Ginebra, 27 dic (EFE).- Los casos globales de covid-19 notificados oficialmente a la Organización Mundial de la Salud (OMS) han llegado a los 79,2 millones, con 435.000 nuevos contagios correspondientes a la última jornada.

Los decesos acumulados debido a esa enfermedad se elevan a 1,75 millones, con 7.393 registrados por el conjunto de países en las últimas 24 horas.

América ha confirmado hasta el momento 34,4 millones de casos y Europa han llegado a los 25,2 millones, representando entre ambos continentes el 75 % de contagios a nivel mundial.

En cuanto a decesos, América acumula 840.000 y Europa cerca de 555.000, lo que supone el 80 % de la mortalidad por covid-19 en el mundo.

Por evolución diaria, Estados Unidos es el país con más casos con 146.000 en un día, mientras que en el Reino Unido la curva ascendente continúa a tal punto de que se encuentra en el segundo lugar por aumento de contagios diarios y en el tercero por aumento semanal, con casi 35.000 notificados a la OMS en las últimas 24 horas y un cuarto de millón en los últimos siete días.

En una comparación semanal, Brasil es el segundo país más afectado con 286.000 casos diagnosticados.

Si se cuenta sólo el último día, Brasil se sitúa en cuarto lugar, con 23.000 casos, también por detrás de Rusia, con más de 28.000.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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