Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Libertad provisional para los padres del joven acusado por la muerte de su pareja en Vinaròs

Publicado

en

El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Vinaròs ha acordado este miércoles la libertad provisional de los padres del joven que se encuentra en prisión preventiva desde el pasado lunes por la muerte de su compañera sentimental en Vinaròs (Castellón).

Ambos progenitores han quedado investigados por un delito de homicidio y el magistrado les ha impuesto como medidas cautelares la prohibición de salida del territorio nacional, la retirada del pasaporte y comparecencias en el juzgado los días 1 y 15 de cada mes.

El juez instructor, con competencias en materia de violencia de género, ha decidido también prorrogar un mes el secreto de las actuaciones, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

La Guardia Civil detuvo a los padres del joven que presuntamente mató a su pareja en Vinaròs (Castellón) por un presunto delito de encubrimiento. Ambos se suman a los tres arrestados inicialmente, entre ellos el autor confeso, y en principio se descartan más detenciones, según confirmó el delegado del Gobierno, Juan Carlos Fulgencio.

El cuerpo de la joven de 26 años fue localizado en la noche de este pasado domingo, enterrado y con signos de violencia en un descampado de Ulldecona (Tarragona). La desaparición fue denunciada el 7 de marzo en Vinaròs –localidad donde residía– por su compañero sentimental, un hombre de 22 años que fue detenido el viernes y finalmente confesó.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Vinaròs, con competencias en materia de violencia sobre la mujer, ordenó este lunes el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza del detenido por presuntamente matar a su pareja. El arrestado ha quedado investigado en una causa declarada secreta por un delito de homicidio/asesinato.

Por otro lado, el magistrado decretó la libertad provisional de otros dos detenidos por estos hechos, que están investigados inicialmente por el mismo delito que el anterior, sin perjuicio de una posterior calificación jurídica. A estos dos hombres se les impuso como medida cautelar la obligación de comparecer en el juzgado una vez al mes.

Fuente: Europa Press

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

Publicado

en

SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo