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Pista de patinaje en la Plaza del Ayuntamiento de Valencia: fechas y horarios

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Pista de patinaje en la Plaza del Ayuntamiento de Valencia
Foto: Toni Cortés

Vuelve a Valencia la pista de patinaje de la plaza del Ayuntamiento para celebrar la Navidad en la ciudad. Puedes difrutar de sesiones de 30 minutos envuelto en el mejor ambiente navideño hasta el Día de Reyes, 6 de enero.

Frente al Palacio de las Comunicaciones (antiguo edificio de Correos) también se ha instalado el tradicional Carrusel de Navidad, un tiovivo de lo más divertido para delicia de los peques.

Además, también podrás disfrutar del tren de los Comerciantes hasta el 5 de enero, con rutas que parten desde la calle Roger de Lauria (tramo de la plaza del Ayuntamiento con la calle Pascual y Genís).

Pista de patinaje en la Plaza del Ayuntamiento de Valencia:

  • Fechas del evento
  • De:25-11-2022
  • A:08-01-2023
  • Información de los horariosPISTA DE PATINAJE
    • Lunes a domingo, de 11 a 23 h
    • 24 y 31 de diciembre, de 11 a 20 h

    CARRUSEL

    Hasta el 22 de diciembre

    • Lunes a viernes, de 11 a 14 h y de 16 a 23 h
    • Sábados, domingos y festivos, de 11 a 23 h

    Del 23 de diciembre al 8 de enero

    • De lunes a domingo, de 11 a 23 h
    • 24 y 31 de diciembre: de 11 a 20 h

     

  • LugarPlaza Ayuntamiento – 46002 València

Precio

PISTA DE PATINAJE

9 euros

6 euros con 1 Divertivale

El precio incluye el alquiler de los patines.

 

CARRUSEL

3,5 € el viaje

 

TREN DE LOS COMERCIANTES

3 euros ó 1 Divertivale

El belén artístico en el Salón de Cristal desde el día 3

El sábado día 3 ya se podrá visitar en el Salón de Cristal del Ayuntamiento el belén artístico diseñado por la Asociación de Belenistas de València.

Horario de apertura

Será en el horario de fin de semana que se mantendrá los días 4, 10, 11, 17 y 18, es decir, de 10 de la mañana a 19.30 horas; entre semana abrirá de 8 a 14 horas los días 5, 7, 13, 14 y 15 de diciembre, mientras que el resto de días laborables abrirá de 8 a 19.30 horas, salvo el lunes 12 (de 8 a 10.15h y de 13.15h a 14 horas), el día 19 (de 8 a 16.30 horas), el día 21 (de 8 a 10 y de 16 a 19.30 horas), el día 24 (de 10 a 15 horas) y el día 29 (de 8 a 12 y de 15 a 19.30 horas). El último día para poder disfrutar de este belén será el miércoles 4 de enero.

Este año, el belén, que ya ha comenzado a instalarse en el Salón de Cristal, cuenta con un presupuesto de 7.200 euros y ocupará una superficie de casi 40 metros cuadrados. Habrá más de 300 figuras de entre 7 y 35 centímetros y, como novedad, dada la relevancia de las efemérides de este año, la composición hará referencia a tres de ellas: la Capital Mundial del Diseño, el centenario de la coronación de la Virgen de los Desamparados y el 800 aniversario de la recreación del primer belén por San Francisco de Asís.

Los artesanos y artesanas que participan son: José Luís Mayo (Madrid), Enrique Villagrasa (València), Angela Tripi (Palermo, Italia), Guadalupe de Guzmán (Sevilla), Montserrat Ribes (Barcelona), Francisco Javier Gilloto (Jerez), José Joaquín Pérez (Huelva), Daniel Alcántara (Barcelona), Higinio Martínez (Villarrobledo), Quique Garcés (València) y Ana Belén Vidal Vidal (València), entre otras.

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Declaración de la Renta 2023: todas las novedades que debes saber

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Declaración de la Renta 2023
Declaración de la Renta 2023

La campaña de la declaración de la renta 2023 comienza el 3 de abril y, desde entonces, el borrador podrá modificarse y presentarse hasta el 1 de julio, un periodo algo más largo si lo comparamos con otros años. En año al que se refiere la Campaña, en 2023, el Gobierno puso en marcha algunas medidas fiscales en los Presupuestos Generales del Estado, como el incremento en la reducción de las retenciones del IRPF a las rentas de hasta 21.000 euros, algo que afectará en esta campaña a los contribuyentes con estos ingresos anuales. Repasamos todas las novedades de la renta 2023.

Quién está obligado a hacer la declaración de la renta: nuevos criterios

Una de las novedades de la campaña de la renta 2023-2024 más relevantes es la subida del mínimo de ingresos que obligan a presentar la declaración. De este modo, estamos obligados a declarar a Hacienda si el año pasado ganamos más de 15.000 euros brutos anuales y tuvimos más de un pagador. Dicho límite antes estaba en 14.000 euros.

Quienes solo tienen un pagador (o varios, pero el segundo y siguientes suman menos de 1.500 euros) están obligados a declarar si ganan más de 22.000 euros, igual que en campañas anteriores.

Desde este año, además, los autónomos y los trabajadores del mar están obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente de los ingresos obtenidos.

Otros cambios para los autónomos en la declaración de la renta 2023

Para quienes trabajan por cuenta ajena, es decir, los autónomos, la campaña de la renta 2023-2024 guarda otro cambio: los gastos de difícil justificación podrán ser hasta el 7% del total declarado, cuando antes eran del 5%.

Maternidad

Otro requisito que se ha facilitado este año tiene que ver con la maternidad. Para acceder a la deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, bastaría con haber cotizado al menos 30 días en cualquier momento posterior al nacimiento o en los días previos.

Este cambio en las deducciones por maternidad, se suma a los 1.000 euros adicionales que las familias pueden deducirse por gastos de guardería hasta los tres años. Hasta ahora, solo era posible aplicarse si llevábamos a nuestros hijos a uno de los centros de educación infantil autorizados por la comunidad autónoma, pero a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo, este año también es válido cualquier guardería que tenga licencia del ayuntamiento.

Cambios en las retenciones

En la campaña de la renta 2023-2024, hay una reducción del cálculo de los rendimientos del trabajo para las rentas menores de 14.047,50 euros, y también entre dicha cantidad y 19.747,50 euros. “A efectos prácticos hace que paguen un poquito menos de impuestos”, explica a RTVE.es la responsable del área fiscal de Tax Down, Paula Urcera.

Para las rentas altas, en cambio, aumentan ligeramente los impuestos al añadir un nuevo tramo en el gravamen al ahorro. A partir de los 300.000 euros se aplicaría un tipo del 14% y  a partir de 200.000 se aplicaría un 13,5% (antes un 13%).

El IRPF de los contribuyentes residentes en el extranjero y de los trabajadores desplazados a territorio español también suma un nuevo tramo a partir de los 300.000 euros, cuando se aplica un tipo del 28%. En el tramo anterior, de los 200.000 a los 300.000 euros, el tipo es ahora del 27%, un punto porcentual más que antes.

Pero también existen reducciones en el ámbito de las inversiones. Con la nueva ley de startups es posible deducirse un 50% de hasta 100.000 euros en acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación, cuando antes era de un 30% sobre 60.000 euros.

Se han reducido también las retenciones a obras literarias, artísticas o científicas, y en menor medida a cualquier rendimiento a los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual. Finalmente, el tipo mínimo de retención se reduce al 2% para los artistas y al 0,8% por las rentas obtenidas en Ceuta, Melilla y, este año, también la isla de La Palma.

Por la compra de un coche eléctrico

Como novedad también de este año, quienes se han comprado un vehículo eléctrico o han instalado en su casa un punto de recarga pueden deducirse parte de esos gastos. La deducción es del 15% del valor, que se aplica sobre una base máxima de 20.000 euros en el caso coches, motos, etc., y hasta 4.000 euros anuales en los puntos de recarga.

Para aplicarlo, podemos encontrar el apartado dentro de las «Deducciones generales» de la cuota y aparecerá como «deducción por la adquisición de vehículos eléctricos ‘enchufables’ y de pila de combustible y puntos de recarga».

Deducciones autonómicas en vivienda

El grueso de las novedades en la declaración de la renta viene de la mano de las deducciones autonómicas. Las aplicables al alquiler se encuentran entre las más habituales y desde TaxDown instan a revisar bien las de nuestro territorio, porque han podido introducirse nuevas o han podido cambiar los criterios. Estas, además, tendremos que introducirlas manualmente en las casillas correspondientes.

“Hay que mirarse bien los requisitos que exige cada comunidad y tener la documentación”, recuerda Urcera, que en materia de vivienda apunta también a posibles deducciones autonómicas por tener una vivienda hipotecada o por comprar o reformar una casa en zonas despobladas.

Deducirse gastos médicos, educativos y demás

Pero las deducciones autonómicas no se limitan a la vivienda. Desde este año, por ejemplo, La Rioja y la Comunidad Valenciana permiten deducirse los gastos del gimnasio u otras actividades deportivas, con el objetivo de fomentar un modo de vida saludable. En Canarias y Cantabria existen deducciones por “gastos de enfermedad”, y en Asturias se han incluido las ayudas a los enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).

En el ámbito educativo, la Comunidad de Madrid permite deducirse el pago de intereses de préstamos de estudios de grado, máster o doctorado, mientras Aragón o Asturias, entre otras, incluyen la adquisición de libros de texto y material escolar. Y en otro caso de deducciones muy específicas, Andalucía permite incluir los gastos de defensa jurídica por un conflicto laboral.

“Hay más de 200 deducciones autonómicas y es importante que estudiemos bien cuáles nos podemos aplicar”, insiste la experta fiscal de TaxDown, Marta Rayaces. “Hemos estimado que hay aproximadamente unos 400 euros de ahorro de los que nos podemos beneficiar si las aplicamos”.

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