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Nueva reforma de pensiones: qué cambiará y cuándo

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claves reforma de pensiones

La nueva fase de la reforma de pensiones de nuestro país avanza tras alcanzarse el consenso entre PSOE y Unidas Podemos. La reforma ha recibido el aval de la Comisión Europea, que lo otorga por primera vez a una reforma de pensiones que centra las medidas en el aumento de cotizaciones y no en la rebaja de gasto.

Ministerio y sindicatos se reúnen hoy por la reforma

El Ministerio de Escrivá se reúne hoy con los sindicatos para hablar sobre la propuesta presentada el pasado viernes. La reunión tendrá lugar a primera hora de esta tarde.

Los sindicatos afirmaron tras serles presentada la propuesta el viernes que veían de manera positiva la reforma, aunque consideraron poco ambiciosos algunos aspectos. No obstante, todo apunta a que la reforma recibirá su apoyo.

Las claves de la nueva reforma de pensiones

Todavía estamos pendientes de esas últimas negociaciones con los agentes sociales y de las modificaciones que puedan introducir otros grupos parlamentarios, pero podemos presentar los puntos principales de las nuevas medidas.

La clave de la reforma es la fórmula para mejorar las pensiones, basada en el incremento de las cotizaciones y los ingresos. Las medidas plantean el incremento para hacer frente al gasto creciente que suponen las pensiones. Este gasto se debe a la revalorización con el IPC introducida por la anterior reforma y por el contexto temporal, pues comienza la temporada de jubilación de los nacidos en el baby boom. Otro punto clave son las medidas orientadas a reducir la brecha de género.

¿Qué cambios introduce exactamente?

Nueva fórmula de cotización

Las nuevas medidas introducirán un cambio en la manera en que se calculan las pensiones. Actualmente, la ley exige que el pensionista tome para el cálculo los últimos 25 años que ha cotizado. Con la reforma, podrá elegir tomar en su lugar los últimos 29 años y desechar los dos años que peor cotizase, de manera que se tendrían en cuenta un total de 27 años. La elección de una u otra fórmula la llevará a cabo la Administración, que se decantará en todos los casos por la que resulte más ventajosa para la persona jubilada.

Se eliminarán progresivamente los límites de cotización a la Seguridad Social

En este momento, la ley española señala el límite de cotización en 53.946€. Es decir, no cotizan los salarios que superen esta cifra. Con la reforma, estos límites irán eliminándose de manera progresiva. Esta medida es lo que en el argot laboral se denomina «destope».

MEI: Mecanismo de Equidad Intergeneracional, una de las claves principales

El Mecanismod de Equidad Intergeneracional fue aprobado durante la primera fase de la reforma de las pensiones. En esta última fase, se introducen medidas para reforzarlo. El nuevo mecanismo consiste en una recarga del 0,6% sobre las cotizaciones, de las que corresponderá al trabajador el 0,1%. El 0,5% restante estará a cargo de la cuota empresarial.

Las medidas para reducir la brecha de género

En nuestro país, los hombres cobran 500€ más por su jubilación que las mujeres (1.573 frente a 1.071€). Además, el 93% de las 430.000 personas que se benefician del antes conocido como «complemento de maternidad» son mujeres. La nueva reforma introduce una serie de medias orientadas a diminuir esta brecha de género.

La cobertura de lagunas en la vida laboral

Uno de los pilares fundamentales de esta reforma consiste en la modificación de la cotización de los años de excedencia. Con la ley actual, la Seguridad Social rellenaba el vacío de un año de excedencia. La reforma incrementa este período a 48 meses (cuatro años). Eso en el caso de los hombres. Para las mujeres trabajadoras por cuenta ajena se amplía un año más (entre los meses 49 y 50). Esto se debe a que con una frecuencia muchísimo mayor las mujeres abandonan la vida laboral para cuidar tanto de sus hijos como de sus mayores. Las mujeres que se hayan encontrado en esta situación cotizarán el 100% de la base mínima en ese período y el 80% entre los meses 61 y 84. Esta medida se conoce como cobertura de lagunas, pues se encarga de los períodos «vacíos» en la vida laboral.

El complemento por brecha de género a quienes tengan hijos

Hoy es el complemento por brecha de género, pero es lo que antiguamente se conocía como complemento de maternidad. La nueva reforma amplía un 10% este complemento, lo que significa 66€ más de media al mes. Hombres y mujeres con hijos que cumplan las condiciones podrán beneficiarse de este complemento.

La revalorización también supondrá un aumento mayor de las pensiones donde se concentran en mayor número las mujeres: las mínimas y no contributivas.

Según recoge el Heraldo, tras tener acceso al documento, este recoge: «Se considerarán efectivamente cotizados a los efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad, los tres primeros años del período de excedencia que los trabajadores disfruten (.) en razón del cuidado de otros familiares, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no puedan valerse por sí mismos, y no desempeñen una actividad retribuida».

¿De dónde saldrá el dinero? Otra gran clave de la reforma

Uno de los pilares de la ley consiste en la llamada «cuota de la solidaridad». Esta cuota está ligada a la eliminación de los límites de cotización. La cuota consiste en un porcentaje de la parte del salario que no se cotice en el caso de las personas que superen el límite de cotización. La cuota se aplicará según la base máxima de cada año. La cuota comenzará a aplicarse en 2025 de manera progresiva, comenzando por un 1%, que aumentará un 0,25% anual. Es decir, las personas que cobren más de 53.946€ en 2023 pagarán un 1% de la cantidad que se encuentre por encima de esa cifra.

¿Cuándo entrará en vigor la reforma de pensiones?

El primero de los cambios, el que afecta a la fórmula de cotización, se instaurará a lo largo de 12 años a partir de 2026, según fuentes consultadas por Cinco Días del Ministerio de Seguridad Social. Durante esos 12 años se mantendrá el sistema dual que introduce la reforma en el que ambas fórmulas conviven.

El incremento de las cuantías de las pensiones mínimas va acompañado de un mecanismo para que las personas que las cobren no se encuentren en situación de pobreza. Dicho mecanismo establece 2027 como la fecha límite para alcanzar las cifras. En el caso de las pensiones mínimas contributivas, la cifra será del 60% de la renta mediana de los hogares en caso de mayores de 65 años con un cónyuge a su cargo. La pensión mínima asistencial deberá cubrir el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar con una sola persona.

El destope tendrá lugar entre los años 2024 y 2050.

El incremento del MEI también será progresivo: una décima al año hasta duplicarse, es decir, hasta alcanzar el 1,2%. Esta cifra se alcanzará a ese ritmo en 2029.

En cuanto al complemento por brecha de género, pueden beneficiarse tanto hombres como mujeres, que reciban la pensión contributiva de jubilación (salvo jubilación parcial), de incapacidad permanente o de viudedad a partir del 4 de febrero de 2021 y que hayan tenido uno o más hijos o hijas, tal como se recoge en la página web de la Seguridad Social.

La «cuota de solidaridad» llegará a alcanzar un máximo del 6% y esto sucederá en el año 2045.

Consecuencias

El gasto en pensiones supondrá con la nueva reforma un 15,5% del Producto Interior Bruto, lo que supone un incremento del 3,5% frente al 12% actual. El destope, el MEI y la cuota de solidaridad costearán 1,2 puntos,  según las fuentes consultadas por Cinco Días. El resto se obtendrá con el resto de medidas de la reforma.

Otras medidas aprobadas por esta reforma regulan el trabajo de prácticas realizados en empresas españolas, remuneradas o no. Las empresas deberán pagar a partir de este otoño una cotización por los becarios que tengan en prácticas. De esta manera estarán incluidos en el sistema de Seguridad Social los alumnos tanto de universidad como FP que realicen prácticas formativas. No podrán beneficiarse, sin embargo, de protección por desempleo. Tampoco de la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes en el supuesto de las prácticas no remuneradas.

Sin embargo, esta reforma no significa un aumento en el pago de impuestos, como explica hoy Sergio de la Cruz en El Economista.

De acuerdo y en desacuerdo

Los sindicatos se mostraron tras la reunión de viernes favorables a la reforma, aunque esta tarde conoceremos más detalles.

El desacuerdo llega por parte de los empresarios. La reforma incrementa en gran medida sus contribuciones a la Seguridad Social, con el objetivo de poder instaurar las medidas para la mejora de las pensiones. La CEOE, Cepyme y ATA expresaron que se encontraban frontalmente en contra de la reforma. No parecen existir muchas probabilidades de que la reforma se apruebe con el acuerdo con el sector empresarial.

El acuerdo con Bruselas, no obstante, facilitaría la tramitación parlamentaria.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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