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Protección Civil alerta de lluvias persistentes y fuertes vientos en Valencia y Alicante

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MADRID, 2 Dic. – La Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior alerta por lluvias persistentes en el área mediterránea y tormentas localmente fuertes, especialmente en Alicante y Valencia, según la predicción de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET).

De esta manera, la AEMET prevé que las lluvias superen los 100 litros por metro cuadrado en la zona del mediterráneo. Además, mañana las lluvias se extenderán a gran parte del área mediterránea peninsular, concretamente en Murcia, este de Almería y también a Baleares y Melilla.

Del mismo modo, los vientos costeros afectarán al litoral de Murcia, Almería, Alicante y Valencia. Ante las lluvias intensas, Protección Civil y Emergencias recomienda que si va conduciendo disminuya la velocidad, extreme las precauciones y no se detenga en zonas donde pueda discurrir gran cantidad de agua. Si tiene que viajar, procure circular preferentemente por carreteras principales y autopistas.

En caso de tormentas súbitas y lluvias intensas, se debe tener en cuenta el lugar donde se aparcan los vehículos. El rápido ascenso del nivel de las aguas puede dañar los vehículos aparcados sobre zonas inundables y, además, arrastrarlos, provocando daños a bienes ajenos e incluso obstaculizar el flujo natural de la corriente.

Igualmente, en caso de que comience a llover de manera torrencial, puede existir riesgo de inundación. Por lo tanto, es recomendable que no atraviese con su vehículo ni a pie, los tramos inundados, porque desconoce lo que puede haber debajo del agua y localice los puntos más altos de la zona. No intente salvar su automóvil en medio de una inundación. Si se encuentra en el campo, hay que alejarse de los ríos, torrentes y zonas bajas de laderas y colinas, evitando atravesar vados inundados.

Ante el riesgo de tormentas, Protección Civil recuerda que el peligro de las tormentas para las personas se produce, fundamentalmente, en campo abierto. No obstante, en los núcleos urbanos también hay peligro de caída de rayos, por lo que es conveniente colocarse cerca de los edificios para protegerse.

En las viviendas se aconseja evitar las corrientes de aire. Si va conduciendo, un vehículo cerrado puede ser un buen refugio. Si la tormenta le sorprende en el campo, evite correr y permanecer en lugares elevados, como los altos de las colinas, crestas o divisorias. No se refugie bajo los árboles y aléjese de alambradas y objetos metálicos.

Por último, en el caso de vientos costeros es recomendable que Si se encuentra en zonas marítimas, procure alejarse de la playa y de otros lugares bajos que puedan ser afectados por las elevadas mareas y oleajes que suelen generarse ante la intensidad de vientos fuertes.

Se recomienda evitar estacionar los vehículos en zonas que puedan verse afectadas por el oleaje. En estas situaciones, el mar adquiere condiciones extraordinarias y puede arrastrarle si se encuentra en las proximidades del mar.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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