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Consumo

¿Sabías que las aerolíneas deben abonar hasta 1.350 euros si te pierden la maleta?

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Objetos prohibidos avión

Todos los pasajeros que hayan sufrido la pérdida, retraso en la entrega o rotura de es equipajes en un vuelo de avión tienen derecho a indemnizaciones de hasta 1.353 euros, dependiendo del trayecto. En varias ocasiones ya se ha abonado cantidades similares: tras la reclamación de FACUA Castilla y León, Iberia ha abonado 1.336 euros a un usuario al que le extravió una maleta en un vuelo entre Tenerife y Madrid.

La asociación aconseja que, en el mismo momento en que recojan el equipaje facturado, los usuarios comprueben que se encuentra en perfecto estado y sin daños. De no ser así, lo más conveniente es dirigirse inmediatamente a los mostradores de la aerolínea con la que se contrató el viaje -o la empresa de handling si la primera no tiene oficinas en el aeropuerto- y pedir el llamado Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR, por sus siglas en inglés). Este documento recoge por escrito que existe una incidencia. En caso de que el equipaje no apareciera, también se debe rellenar este informe.

El PIR es de gran importancia, ya que muchas compañías aéreas no atienden a reclamaciones sobre el equipaje si los usuarios no lo presentan. Por tanto, no se debe abandonar el aeropuerto sin una copia del mismo.

 

Vuelos nacionales

La normativa aplicable para reclamar las incidencias relacionadas con el equipaje cuando se trata de vuelos nacionales es la Ley de Navegación Aérea, que establece en el artículo 98 que «el transportista responderá únicamente de la pérdida, sustracción o deterioro del equipaje que se le haya entregado para su custodia«.

Esta ley también fija la indemnización máxima que puede percibir un usuario por algunas de las circunstancias anteriores. Según su artículo 118, las compensaciones por pérdida o avería (daños) son de hasta 500 Derechos Especiales de Giro (DEG) -una unidad definida por el Fondo Monetario Internacional cuya equivalencia fluctúa y actualmente se sitúa en 1,23 euros-. En el caso de retraso en la entrega, se podrá indemnizar «hasta el límite de una cantidad equivalente al precio del transporte«.

Las reclamaciones ante la compañía aérea por retraso o avería, según el artículo 124 de la Ley de Navegación Aérea, deberán formalizarse por escrito «dentro de los diez días siguientes al de la entrega, o a la fecha en que debió entregarse«.

Además, el artículo 100 establece que «el recibo del equipaje sin protesta del tenedor del talón o billete implica la renuncia a toda reclamación«, por lo que FACUA aconseja no abandonar nunca el aeropuerto sin el PIR, que sería la prueba de dicha protesta.

 

Convenio de Montreal

En el caso de los vuelos internacionales, la normativa aplicable suele ser el llamado Convenio de Montreal, un texto firmado por la gran mayoría de los Estados y la propia Unión Europea como organismo internacional que regula las compensaciones máximas por incidencias con el equipaje en los trayectos entre países firmantes, o en aquellos con destino y origen en el mismo país pero que han hecho escala en otro distinto al primero, independientemente de si han suscrito o no el convenio.

Este acuerdo establece un límite superior de indemnización de 1.131 DEG en el caso de daños, pérdida o retraso en la entrega del equipaje. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), además, interpretó que también se pueden reclamar daños morales por incumplimiento del contrato de transporte debido a las circunstancias anteriores. Esta última indemnización también debe estar dentro del límite total de 1.131 DEG. Como excepción, si el usuario realizó una Declaración Especial de Valor de Entrega del equipaje, podría compensarse hasta con el valor del importe declarado.

Como plazo, el Convenio de Montreal establece que, en el caso de averías, debe hacerse la reclamación inmediatamente después y hasta siete días como máximo, mientras que en retrasos, recoge un tiempo máximo de 21 días desde el momento de la entrega. A partir de los 21 días de retraso, o desde que la aerolínea así lo comunique, se considerará que lo que existe es una pérdida del equipaje.

 

Fuente: FACUA

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Consumo

¿Qué coste tiene celebrar una boda?

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El coste medio de celebrar una boda en la Comunitat Valenciana es de casi 40.000 euros, donde la partida más cara suele ser la recepción, el banquete y los diferentes añadidos para los invitados, según un informe de la Unión de Consumidores.

El objetivo de este informe es el de proporcionar una visión general del coste de organizar una boda, así como consejos y recomendaciones para planificar este evento dentro de un presupuesto establecido, evitando excesos económicos y que se ajuste a los servicios contratados.

Aunque se organizan bodas a lo largo de todo el año, la Unión de Consumidores ha precisado que, con el inicio de la primavera, empieza la temporada en la que se concentran más celebraciones de bodas.

Un evento que, han advertido, requiere de una planificación cuidadosa, identificación de prioridades, comparar servicios y, sobre todo, tiempo para que ese día «se ajuste a las expectativas de los protagonistas».

Además del coste medio de la celebración, también han recopilado otras partidas como el coste del novio y la novia, que asciende a 1.000 euros y 3.725 euros respectivamente.

Otros de los servicios que se contratan son los servicios de peluquería y tratamientos faciales para ambos cuyo coste asciende a 516 euros.

La partida más costosa suele ser el lugar de recepción, el banquete y los extras, que habitualmente incluyen música, animación tanto para adultos como para niños, mesa de dulces, barra libre y autobuses para el traslado.

Todos estos servicios para una boda tipo de 150 invitados pueden ascender a 18.190 euros.

También han puntualizado en su informe el coste adicional que implica los servicios de fotógrafo y vídeo.

Una pareja ojea álbumes de fotos nupciales, en un expositor de una feria destinada a las bodas. EFE/Javier Cebollada/Archivo

 

Aun así, en este apartado los precios pueden variar mucho, según el tipo de reportaje que se vaya a realizar o si se van a utilizar drones.

También hay que contar con el alquiler del coche nupcial, el coste de la floristería, detalles que se entregan a los invitados, alianzas, invitaciones, y en su caso el coste de la ceremonia. En contratar estos servicios el coste medio puede subir a 6.973 euros.

Por último, el viaje de novios a destinos como las Maldivas, Kenia, Madagascar, Polinesia, Nueva Zelanda, EEUU o Costa Rica puede oscilar entre los 7.000 y 10.000 euros en función de los días y los servicios que se incluyen en el viaje.

Vicente Inglada, secretario de la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana, ha recordado que este desembolso económico no tiene que suponer un sobreendeudamiento que supere las posibilidades económicas familiares.

Como recomendaciones, ha explicado que lo mejor es la planificación con antelación, priorizar los elementos más importantes, elaborar un presupuesto detallado y ceñido y guardarse toda la documentación que acredite la contratación de servicios.

Celebrar una boda en la Comunitat Valenciana cuesta unos 40.000 euros, según la Unión Consumidores

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