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Renuncian 7 de los 44 etarras de las listas de Bildu

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San Sebastián (EFE).- Los siete condenados por asesinatos de ETA que iban en las listas de EH Bildu a las elecciones del próximo 28 de mayo han renunciado a ser candidatos en las próximas elecciones.

Estos siete exmiembros de ETA han remitido un texto al portal Naiz en el que anuncian que no tomarán el cargo de concejal si resultan elegidos por lo que renuncian así a sus candidaturas “en la medida de lo posible” pues están ya oficializadas.

Comunicado de los etarras

En su comunicado se dirigen a las víctimas del terrorismo. «Con esta decisión nos queremos dirigir en primer lugar a las víctimas de ETA y, en general, a todas las personas que han sufrido en este conflicto, para mostrar así nuestro compromiso para que ni nuestras palabras ni nuestras acciones añadan jamás el más mínimo padecimiento al ya habido».

Los firmantes buscan marcar distancias entre sus casos y el de de los otros 37 candidatos que en su día fueron condenados por delitos de terrorismo pero no por delitos de sangre.

Etarras en las listas de Bildu

Se trata de Jose Antonio Torre Altonaga, Asier Uribarri Benito, Lander Maruri Basagoiti, Begoña Uzkudun Etxenagusia, Jose Ramón Rojo González, Juan Carlos Arriaga Martínez y Agustín Muiños Díaz.

El Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite) denunció que 44 integrantes de las candidaturas de EH Bildu en Euskadi y Navarra habían sido condenados por pertenencia y colaboración con ETA, entre ellos estos siete por asesinato, que han renunciado ahora a ir en las listas.

Podemos dice que la decisión de Bildu contrasta con el uso electoral de las víctimas

La secretaria general de Podemos, Ione Belarra, ha dicho este martes que “la decisión de EH Bildu (de renunciar a presentarse en las elecciones) es un paso importante que contrasta con una derecha capaz de usar la memoria de las víctimas con fines electorales”.

Belarra ha reaccionado así en Twitter poco después de hacerse público que siete condenados por asesinatos de ETA que iban en las listas de EH Bildu a las elecciones del próximo 28 de mayo han renunciado a ser candidatos.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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