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Un nuevo violador en libertad en la Comunitat tras aplicar la ley ‘solo sí es sí’

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Un nuevo violador en libertad en la Comunitat tras aplicar la ley 'solo sí es sí'
Imagen de archivo de la entrada principal de la Audiencia Provincial de Alicante . EFE/Morell

Alicante, 20 dic (OFFICIAL PRESS/EFE).- La Audiencia de Alicante ha acordado la excarcelación de un segundo hombre condenado por agresión sexual, en esta caso por violar a su expareja, tras aplicar los nuevos criterios recogidos en la conocida como ley del ‘solo sí es sí’.

Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) han informado este martes de trece autos dictados recientemente por diferentes secciones de la Audiencia Provincial de Alicante «en las que se acuerda la revisión de condenas para penados por delitos contra la integridad sexual en aplicación de la reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 6/22″.

En concreto, uno de los autos facilitados por el TSJCV conlleva la excarcelación inmediata del reo (el hombre condenado por violar a su expareja).

Según el TSJCV, con estas resoluciones ya son quince las modificaciones de condenas (en dos casos con excarcelación del penado) dictadas hasta la fecha por la Audiencia alicantina.

El segundo auto de excarcelación ha sido dictado por la Sección Primera de la Audiencia en relación con un hombre condenado en sentencia firme en diciembre de 2013 a 9 años y un día de prisión por un delito de agresión sexual con la agravante de parentesco. Esa era la pena mínima prevista entonces para ese tipo de hechos delictivos.

No obstante, con la entrada en vigor de la nueva legislación, la condena queda rebajada a siete años de cárcel. De ahí que el tribunal haya resuelto la inmediata excarcelación del reo, puesto que ya habría cumplido ese tiempo de condena.

El tribunal invoca la reciente sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 29 de noviembre de 2022, en el marco del denominado ‘caso Arandina’ y señala que el fundamento de esta reducción se encuentra en que se le impuso una condena con base en el mínimo legal que contempla este delito.

De esta forma, al ser más favorable para él, ahora aplica la pena mínima que contempla para el mismo delito el Código Penal tras la reciente reforma operada por la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual.

“A los penados asiste siempre el derecho a que se les aplique la norma más beneficiosa, aunque sea posterior al momento de dictarse sus condenas, por lo que en el supuesto de autos procede la revisión de la condena impuesta en la sentencia por el delito previsto en los artículos 178,179 y 23 del Código Penal» y la reducción de la pena impuesta por ese delito, precisan los magistrados.

Además, en otros cuatro autos dictados por tribunales de las secciones Séptima, Segunda y Tercera se acuerda igualmente la reducción de las penas impuestas a otros tantos condenados hasta rebajarlas de los seis a los cuatro años de privación de libertad.

En otra resolución, la aplicación de la nueva ley permite rebajar de diez a nueve años la pena establecida inicialmente para otro condenado por violación, mientras que, en otra ocasión, otro tribunal de la Sección Segunda modifica el castigo establecido inicialmente de nueve años de internamiento a ocho.

Otro auto dictado por la misma sección reduce la pena inicial para un condenado de cinco a dos años, y en respuesta a otro recurso, otro tribunal deja en ocho la condena de nueve años de prisión establecida en la sentencia original.

Además, en las tres últimas resoluciones facilitadas por el TSJCV se reduce de cuatro a dos años y once meses la condena a otro procesado al que se había considerado autor de un delito de agresión sexual; de once a diez años respecto a otro penado y de ocho a seis años para un último autor del delito de agresión sexual.

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Juzgan al arrendatario de un hotel-discoteca por incendiar el local para cobrar el seguro

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incendio cobrar seguro discoteca Alicante

El arrendatario de un hotel-discoteca situada frente a la playa del Postiguet de Alicante es juzgado a partir de este viernes por, supuestamente, organizar el incendio del local para cobrar las indemnización del seguro.

El juicio por estos hechos se celebrará a partir de las 10 horas de este viernes en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, según el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV).

Además del arrendatario del negocio, se juzga a otros dos hombres, colaboradores, para todos los cuales la fiscalía pide penas de entre 12 y 15 años de cárcel.

El ministerio público sostiene que el empresario, que gestionaba los negocios desde 2015, comenzó a acumular deudas con proveedores y trabajadores, y que dejó de pagar el alquiler.

Por ello, junto a otro de los encausados, decidió provocar un siniestro en el local para cobrar las correspondientes indemnizaciones de los seguros, cuya cobertura había aumentado en diciembre de 2022.

En enero de 2023 los dos encausados rociaron con gasolina hasta 18 puntos distintos de los locales de la discoteca y del hotel, y desenroscaron una tuerca de la instalación de gas de la cocina para provocar una fuga.

A continuación, pactaron con el tercer encausado que, a cambio de 2.000 euros, prendiera fuego a las instalaciones, lo que realizó el día 23 de madrugada.

La Fiscalía pide penas que oscilan entre los 12 y los 15 años de prisión por un delito de incendio con peligro para las personas en concurso con un delito de estafa agravada.

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