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Abogados de la Comunitat asesoran gratuitamente a los afectados por las cláusulas suelo

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La Generalitat y los colegios de abogados de la Comunitat Valenciana han creado un Servicio de Orientación Jurídica (SOJ) para orientar de manera gratuita a todos aquellos consumidores titulares de contratos hipotecarios que incluyan cláusulas suelo, anuladas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Cualquier ciudadano que sepa o sospeche que es titular de un contrato hipotecario que incluya clausulas suelo puede acudir al nuevo servicio de orientación jurídica de los colegios de abogados, cuyas señas de identidad son la profesionalidad y la gratuidad. El objetivo, según palabras del Presidente del Consejo Valenciano de Colegios de Abogados (CVCA), Juan José Tortajada, “es que este acuerdo garantice el derecho de todos los ciudadanos a solucionar su problema en el caso de verificar que efectivamente son afectados por la cláusula suelo”.

El Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) es el primero en poner en marcha este servicio hoy mismo en sus dependencias de la Ciudad de la Justicia. A él le seguirán todos los demás colegios de la Comunidad Valenciana en las fechas descritas a continuación:

Alcoy: 10/2

Alzira: 17/2

Alicante: 6/2

Castellón: 15/2

Elche: 6/2

Orihuela: 22/2

Sueca: 1/2

Valencia: 30/1

¿Qué son las cláusulas suelo?

Estas cláusulas aparecen en muchos contratos hipotecarios con tipo de interés variable, sobre todo el Euribor, que es el principal índice de referencia de las hipotecas firmadas en España en los últimos quince años. La clausula suelo establecía que la entidad financiera nunca cobraría al cliente un tipo de interés inferior a un porcentaje predeterminado aunque el resultado de sumar el Euribor y el diferencial pactado en el contrato fuera inferior a ese tipo de interés.

¿Qué asesoramiento presta el nuevo servicio?

  • Detección de cláusulas suelo:

El SOJ ayudará a la detección de cláusulas suelo. Para ello bastará con que cualquier consumidor acuda al servicio con su contrato hipotecario y la relación de pagos hipotecarios realizados.

  • Presentación de reclamaciones extrajudiciales:

El SOJ facilitará al usuario el formulario de la reclamación extrajudicial previa y toda la orientación jurídica necesaria para su presentación según lo establecido en el Real Decreto 1/2017, publicado en el BOE de 21 de enero de 2017.

  • Abogado de oficio:

Si la reclamación extrajudicial no concluye de manera satisfactoria y el consumidor decide iniciar un procedimiento judicial, el SOJ le informará si puede acceder al beneficio de justicia gratuita y, en caso afirmativo, le designará un abogado de oficio. Si no tiene derecho al beneficio de justicia gratuita, le indicará que puede acudir a un abogado de su libre designación.

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