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Esta es la ayuda de la Seguridad Social que no mucha gente sabe

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La Seguridad Social dispone de una prestación poco conocida que puede solicitarse tras el fallecimiento de un familiar o allegado. Se trata del llamado auxilio por defunción, una ayuda económica destinada a cubrir parte de los gastos del sepelio.

Aunque su cuantía es reducida —46,50 euros—, esta prestación sigue vigente y puede reclamarse hasta cinco años después de la muerte de la persona beneficiaria.

Qué es el auxilio por defunción

El auxilio por defunción es una ayuda económica incluida dentro de las prestaciones por muerte y supervivencia de la Seguridad Social. Su objetivo es compensar parcialmente los gastos derivados del entierro o cremación.

La cuantía actual es fija y asciende a 46,50 euros, una cifra que lleva más de dos décadas sin actualizarse.

Pese a ello, muchas familias desconocen que esta prestación existe y que el trámite para solicitarla es relativamente sencillo.

Quién puede pedir esta ayuda

La ayuda puede solicitarla cualquier persona que haya asumido los gastos del sepelio, incluso aunque no exista parentesco directo con el fallecido.

La Seguridad Social presume, salvo prueba en contra, que los gastos han sido pagados por este orden:

  • El cónyuge
  • La pareja de hecho superviviente
  • Hijos convivientes
  • Otros familiares que convivieran con el fallecido

En caso de no existir relación familiar, será necesario presentar la factura del sepelio para acreditar el pago.

Requisitos para cobrar el auxilio por defunción

Para acceder a esta prestación deben cumplirse determinadas condiciones relacionadas tanto con el fallecido como con la persona solicitante.

Requisitos del fallecido

La persona fallecida debía:

  • Estar dada de alta o en situación asimilada al alta
  • Ser pensionista contributivo
  • Tener las cotizaciones al corriente de pago

Casos en los que no se concede

La Seguridad Social no reconoce esta ayuda:

  • Si el fallecido no estaba de alta
  • En casos de desaparecidos declarados fallecidos
  • Si era pensionista del antiguo SOVI

Cómo solicitar la ayuda de la Seguridad Social

La prestación puede tramitarse:

  • De forma presencial en los centros CAISS
  • Online a través de la sede electrónica de la Seguridad Social

Para realizar el trámite se necesita:

  • DNI o NIE
  • Certificado literal de defunción
  • Libro de familia o documento de parentesco
  • Certificado de convivencia si procede
  • Factura del sepelio en algunos casos

Cuánto tarda la Seguridad Social en responder

El organismo dispone de un plazo máximo de 90 días para resolver la solicitud, aunque actualmente el tiempo medio ronda las dos semanas.

Uno de los aspectos más importantes de esta ayuda es que puede reclamarse hasta cinco años después del fallecimiento, por lo que muchas familias aún están a tiempo de solicitarla aunque desconocieran su existencia.

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