València, 16 feb (OFFICIAL PRESS- EFE).- FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a la Empresa Municipal de Transportes de València por no facilitar un teléfono gratuito para la atención a los usuarios, una de las 39 empresas de autobuses urbanos denunciadas por la asociación después de haber analizado las web de 47 empresas de este tipo.
De ellas, sólo ocho cumplen la ley que obliga a las empresas de servicios básicos de interés general a ofrecer numeraciones sin coste de atención al usuario.
La denuncia a la EMT ha sido presentada ante la Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo de la Generalitat Valenciana y ante la Dirección General de Consumo del Ministerio de Alberto Garzón.
El estudio se ha realizado a partir de las páginas web de empresas de autobuses urbanos de las capitales de provincias, las dos ciudades autónomas, las dos capitales de comunidad autónoma que no son capital de provincia (Mérida y Santiago de Compostela) y las cuatro ciudades que tienen más población que las capitales de sus provincias (Algeciras, Gijón, Vigo y Jerez de la Frontera).
Y se basa en si cumplen la obligación de facilitar teléfonos gratuitos y si lo hacen en todas las secciones donde publicitan sus numeraciones para la atención, tanto de clientes como de no clientes.
En la Comunitat Valenciana las empresas denunciadas son EMT Valencia, Masatusa (Alicante) y TUCS (Castellón).
De las 37 denunciadas, una además hace uso de un único teléfono de alto coste (Ibérica de Concesiones y Servicios) y cuatro combinan líneas 902 con teléfonos geográficos para la atención a los consumidores (Guaguas, Teruelbus, Empresa Malagueña de Transportes y Subus Grupo de Transporte -Subus Grupo de Transporte, S.L. y Nicolás López Jiménez, S.L. Unión Temporal de Empresas-). El resto facilitan teléfonos geográficos y líneas móviles.
Las que sí cumplen con la ley son Alsa Guadalajara, Alosa Huesca, ATM Lleida, EMT Tarragona, Rober Granada, TMB Barcelona, Tuvisa Vitoria y Unauto Toledo.
FACUA recuerda que la ley de defensa de los consumidores recoge que, en los supuestos de servicios de carácter básico de interés general, las empresas prestadoras de los mismos deberán disponer, en cualquier caso, de un teléfono de atención al consumidor gratuito.
Tienen la consideración de servicios de carácter básico de interés general los de suministro de agua, gas, electricidad, financieros y de seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, protección de la salud, saneamiento y residuos, así como aquellos que legalmente se determinen.
FACUA indica a los consumidores que se vean obligados a llamar a la prestadora de servicios del transporte urbano de su zona a través de numeraciones con coste que podrán reclamarles el abono de esas cantidades. En el caso de otras empresas que no son de servicios básicos de interés general, la ley establece que deben facilitar un número que no suponga un coste superior al de una llamada geográfica o móvil, con lo que si se ven obligados a llamar a una tarificación especial (902 y 901), también tienen derecho al reembolso de ese coste.