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Lo que debes saber sobre el registro de la jornada laboral

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Fichar en el trabajo es obligado desde este lunes. Muchas son las incógnitas que genera esta medida gubernamental que obliga a las empresas a registrar la jornada laboral de los empleados.

Es por ello que el ministerio de Trabajo ha elaborado una ‘guía’ en la que recoge las principales dudas que la nueva medida pueda generar y que, a buen seguro, más se han repetido en los últimos días en la Dirección General de Trabajo.

Cuestiones como si la norma afecta a todo tipo de trabajadores, sectores profesionales y empresas, o qué ocurre si el trabajador está contratado a través de una ETT, cómo registrar los desplazamientos, los descansos, jornadas partidas u otras interrupciones, … son algunas de los interrogantes que resuelve de manera la guía elaborada por el Ministerio de Trabajo.

En dicha guía, el Ministerio aclara que este tipo de registro se limita a señalar el momento de inicio y finalización de la jornada. Además, aclara que es válido «cualquier sistema o medio, bien sea en soporte papel o telématico, apto para cumplir el objetivo legal y proporcionar información fiable, inmodificable y no manipulable a posteriori, ya sea por el empresario o por el propio trabajador».

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