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Olivas renuncia a sus honores como expresidente de la Generalitat al confirmarse su pena de cárcel

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El expresidente de la Generalitat valenciana, José Luis Olivas ha remitido una carta al Presidente de la Generalitat, Ximo Puig, en el que le comunica su renuncia a los honores y derechos que le correspondían como exjefe del Ejecutivo valenciano.

«Como quiera que la Audiencia Provincial ha confirmado la Sentencia dictada en su día por el Juzgado de lo Penal nº 6 de Valencia, renuncio expresa y voluntariamente a todos los honores y derechos que me pudieran corresponder en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2002 que regula el Estatuto de Expresidentes de la Generalitat Valenciana», señalaba en su misiva.

Dicha renuncia se produce en el mismo día en que la Audiencia Provincial ha confirmado la condena de año y medio de prisión por los delitos de falsedad en documento mercantil y contra la Hacienda Pública, rechazando así el recurso presentado por el expresidente y también por el empresario Vicente Cotino.

En concreto, se les fijó esta pena por falsificar una factura de 500.000 euros más IVA (80.000 euros) por un trabajo no realizado y causar un perjuicio a Hacienda.

De esta manera Olivas ha renunciado al tratamiento vitalicio de ‘Molt Honorable Senyor/a’ que corresponde a todos los expresidentes, así como también renuncia a una oficina de apoyo, asesor y conductor, y un presupuesto para todo ello, además de poder desplazarse en coche oficial del parque móvil de la Generalitat.

También para los desplazamientos fuera de la Comunitat los expresidentes cuentan con el apoyo de los servicios que la Generalitat tenga establecidos, como las oficinas de la Generalitat en Madrid y Bruselas, y de aquellos otros de similar naturaleza que existan o que en el futuro pudieran establecerse.

Asimismo, desde que dejar de ser Jefes del Ejecutivo valenciano, éstos pasan a ser miembros permanentes del Consell Jurídic Consultiu, una condición que pierden cuando acceden a un puesto de responsabilidad ejecutiva en cualquiera de las administraciones públicas o cuando concurran los supuestos de incompatibilidad legalmente establecidos.

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