LOTERÍA DE NAVIDAD

Los premios de la Lotería de Navidad se pueden cobrar desde hoy y hasta el 23 de marzo de 2026

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Agraciados con el ‘Primer Premio’ del Sorteo Extraordinario de Lotería de Navidad 2023 correspondiente al número 88008 celebran su suerte en la administración Doña Manolita, a 22 de diciembre de 2023, en Madrid (España). - Carlos Luján - Europa Press - Archivo

Madrid, 22 de diciembre (Europa Press). El Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad repartirá este 22 de diciembre un total de 2.772 millones de euros en premios, que podrán cobrarse desde la misma tarde del sorteo y hasta el 23 de marzo de 2026, una vez finalicen las verificaciones de los números extraídos y los correspondientes procesos informáticos.

Así lo recuerda Loterías y Apuestas del Estado, que subraya que el derecho al cobro de los premios caduca a los tres meses, contados a partir del día siguiente al de la celebración del sorteo.

Desde cuándo se pueden cobrar los premios de la Lotería de Navidad

Aunque el sorteo se celebra por la mañana, los premios no se pueden cobrar de inmediato. Es necesario esperar a que concluyan:

  • La verificación oficial de los números premiados

  • Los procesos informáticos de validación

Una vez completados estos trámites, el cobro de premios queda habilitado desde la tarde del 22 de diciembre.

Requisito imprescindible: presentar el décimo o resguardo premiado

Loterías y Apuestas del Estado recuerda que, “aunque parezca evidente”, para cobrar cualquier premio es imprescindible presentar el décimo o resguardo agraciado en buen estado o seguir el procedimiento correspondiente en caso de deterioro.

Cómo cobrar premios de hasta 2.000 euros

Los premios inferiores a 2.000 euros por décimo o resguardo pueden cobrarse:

  • En cualquiera de los 10.869 puntos de venta oficiales de la red comercial de Loterías

  • Desde la tarde del 22 de diciembre

En estos casos, el premio puede abonarse:

  • En metálico

  • A través de Bizum, si el punto de venta dispone del servicio

Dónde cobrar premios iguales o superiores a 2.000 euros

Cuando el importe del premio sea igual o superior a 2.000 euros, el cobro debe realizarse obligatoriamente en entidades financieras autorizadas, que son:

  • BBVA

  • CaixaBank

En estos casos, será necesario identificarse y cumplir con los requisitos bancarios habituales para la gestión del cobro.

Premios de décimos comprados online

En el caso de décimos adquiridos a través del canal online oficial, los premios se gestionan de la siguiente forma:

  • Los premios mayores se abonan mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por el jugador, una vez verificado el número de cuenta tras el sorteo.

  • Los premios menores se ingresan directamente en la cuenta de juego, siempre que no se superen los límites establecidos. Si se superan, también se abonarán mediante transferencia bancaria.

Qué hacer si el décimo está deteriorado

Si el décimo o resguardo premiado está deteriorado, el cliente debe:

  1. Acudir a un punto de venta oficial

  2. Cumplimentar el formulario “Solicitud de pago de premios”

  3. Firmarlo y entregar el décimo o resguardo dañado

Este será remitido a Loterías y Apuestas del Estado para su autenticación, antes de proceder al pago.

Premios compartidos: identificación obligatoria

Cuando un décimo ha sido compartido, es obligatorio identificar a todos los participantes en el momento de cobrar premios iguales o superiores a 2.000 euros en las entidades financieras autorizadas, con el fin de realizar el reparto correctamente y cumplir con las obligaciones fiscales.

En caso de robo del décimo premiado

Si el décimo ha sido sustraído, Loterías recomienda:

  • Presentar denuncia ante las autoridades competentes

  • Si el décimo resultara premiado, acudir a un juzgado con la denuncia para iniciar el procedimiento judicial correspondiente

Fechas clave que no debes olvidar

  • Inicio del cobro de premios: tarde del 22 de diciembre

  • Fecha límite para cobrar: 23 de marzo de 2026

  • Caducidad del derecho al cobro: tres meses desde el día siguiente al sorteo

Un plazo amplio, pero que conviene marcar en el calendario para no perder el derecho a cobrar un premio del sorteo más esperado del año.

Los premios de la Lotería de Navidad de hasta 40.000 euros no pagan impuestos

Madrid, 22 de diciembre (Europa Press).
Los premios del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad cuyo importe sea igual o inferior a 40.000 euros por décimo están exentos de tributación, mientras que aquellos que superen esa cantidad deberán pagar impuestos, según recuerda la Agencia Tributaria.

Esta exención fiscal se aplica desde hace varios años y afecta a millones de décimos premiados cada 22 de diciembre, lo que convierte a la Lotería de Navidad en uno de los sorteos más favorables desde el punto de vista fiscal para los jugadores.

Qué dice la ley sobre la tributación de los premios

La Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, somete a tributación, a través de un gravamen especial, los premios pagados correspondientes a las loterías y apuestas organizadas por Loterías y Apuestas del Estado.

Esta normativa establece que los perceptores de los premios, cualquiera que sea su naturaleza, soportarán una retención o ingreso a cuenta en el momento del cobro, retención que debe practicar directamente el organismo pagador del premio, es decir, Loterías y Apuestas del Estado.

Cómo se aplica la retención del 20%

La ley determina que la tributación se exige de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón premiado.
De este modo:

  • Están totalmente exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros.

  • Los premios cuyo importe sea superior a 40.000 euros solo tributan por la parte que exceda de esa cantidad.

La base de la retención del gravamen especial está formada por el importe del premio que supera el límite exento, y el porcentaje de retención es del 20 %.

Ejemplo práctico

Un premio de 100.000 euros:

  • Parte exenta: 40.000 euros

  • Base sujeta a tributación: 60.000 euros

  • Retención del 20 %: 12.000 euros

  • Importe final a percibir: 88.000 euros

Identificación obligatoria de los ganadores

La Agencia Tributaria recuerda que Loterías y Apuestas del Estado debe identificar a los ganadores de los premios sometidos a gravamen, es decir, aquellos superiores a 40.000 euros por décimo, con independencia de que el premio haya sido obtenido por una sola persona o de forma conjunta por varias.

Esta identificación es obligatoria para garantizar la correcta aplicación de la retención fiscal correspondiente.

Qué ocurre con los premios compartidos

En el caso de premios compartidos —grupos de amigos, familiares, peñas o asociaciones—, la normativa establece que los 40.000 euros exentos deben repartirse proporcionalmente entre todos los beneficiarios, en función de su porcentaje de participación.

La persona que figure como beneficiaria única o como gestora del cobro deberá:

  • Acreditar ante la Agencia Tributaria que el premio ha sido repartido correctamente

  • Identificar a cada ganador

  • Indicar el porcentaje de participación de cada uno

Este paso es imprescindible para evitar problemas fiscales posteriores.

IRPF, no residentes y empresas

Los contribuyentes del IRPF y los no residentes sin establecimiento permanente que resulten agraciados y hayan soportado la retención en el momento del cobro no tendrán que presentar ninguna autoliquidación adicional por este concepto.

En el caso de los no residentes, si existe un convenio para evitar la doble imposición internacional, podrán solicitar la devolución que pudiera corresponderles.

Por su parte, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que obtengan un premio sujeto al gravamen especial deberán incluir el importe del premio entre las rentas del periodo sujetas al impuesto, computando la retención del 20 % como pago a cuenta, tal y como se hacía antes del 1 de enero de 2013.

Un sorteo con ventaja fiscal para los premiados

La exención de hasta 40.000 euros por décimo convierte a la Lotería de Navidad en uno de los sorteos más atractivos desde el punto de vista fiscal en España, ya que permite a la mayoría de los premiados cobrar íntegramente su premio, sin necesidad de realizar trámites adicionales ni declaraciones posteriores.

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