El Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Madrid ha condenado al Partido Popular a abonar 568.511 euros a Feria de Valencia por la cesión del recinto ferial en junio de 2008 para la celebración los días 20, 21 y 22 de ese mes de un Congreso Nacional de la citada formación política.
En la sentencia queda acreditado que existió un contrato verbal entre las partes, sin que sea necesario el contrato escrito, que estableció las condiciones del acuerdo, conforme al artículo 1262 del Código Civil, en relación tanto al espacio objeto de ocupación como a cada uno de los servicios accesorios que fueron añadiéndose al presupuesto inicial.
Pese a la opinión del Partido Popular de que el abono del espacio y los suministros necesarios para llevar adelante el evento, -entre otros, los de limpieza, médicos, de seguridad o logísticos-, quedaban saldados con la publicidad que obtenía Feria de Valencia al celebrase en sus instalaciones la convención política, la jueza establece que la formación “está obligada a pagar por el espacio y los servicios que utilizó, sin que pueda aceptarse en ningún caso, tal y como sostiene, que la pretendida falta de concreción o de aceptación le permitan haber utilizado ese espacio y esos servicios sin pagar nada a cambio”.
La jueza estima íntegramente la demanda de Feria de Valencia y descarta las alegaciones del PP respecto a que el número de metros cuadrados ocupados fue menor que el que aparece en la factura o que no deben facturarse los suministros.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.