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El personal sanitario de la Conselleria podrá jubilarse a los 70 años por necesidades de la organización

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VALÈNCIA, 25 Ene. (EUROPA PRESS) – El pleno del Consell ha aprobado el decreto que regula el Plan de Ordenación de Recursos Humanos (PORH) 2019-2021 del personal de gestión directa de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública que regula la prolongación de permanencia en el servicio activo que, con carácter general, será hasta los 67 años y podrá prolongarse hasta los 70 años cumpliendo determinados requisitos relacionados con las necesidades de la organización.

El objetivo, según ha explicado la vicepresidenta del ejecutivo valenciano, Mónica Oltra, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell, es aportar una mayor eficiencia al sistema sanitario y ayudar a conseguir la mayor estabilidad laboral para los profesionales de la sanidad pública valenciana.

El Plan contempla los instrumentos necesarios para determinar los criterios con los que se van a establecer los planes anuales de gestión del propio PORH, los planes de formación anuales del personal, los descriptores de puestos tipos y los cuadros de mando de dirección de recursos humanos para los Departamentos de Salud. En este sentido, se pretende potenciar la formación, la docencia e investigación, así como la socialización del conocimiento experto.

Los principales objetivos del POHR son, entre otros, lograr una gestión más eficiente, adaptando la disponibilidad de recursos humanos a las necesidades asistenciales de la población y consiguiendo así la adecuación de las plantillas; permitir la mejora de la calidad del empleo, potenciando la reducción de la temporalidad del personal, y obteniendo, en consecuencia, una mayor estabilidad en el empleo dentro del ámbito de las instituciones sanitarias.

Asimismo, se pretende homogeneizar las condiciones de prestación de los servicios sanitarios en los distintos territorios atendiendo a sus características específicas; promocionar la gestión por competencias y potenciar la formación de los profesionales. Para ello, cuenta con una serie de medidas que coadyuvarán para obtener dichos objetivos.

PROLONGACIÓN DE LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO ACTIVO
Otro de los aspectos que regula el Decreto es la prolongación de la permanencia en el servicio activo para el desempeño profesional más allá de los 65 años, buscando compaginar, por un lado, el rejuvenecimiento de la plantilla y, por otro, evitar el impacto asistencial de la pérdida del conocimiento experto.

Para ello, el Decreto regula la posibilidad de prolongación de la etapa laboral hasta los 67 años, siempre que se cumplan determinados requisitos con el fin de satisfacer intereses o necesidades de la organización, eliminando las restricciones que para esa autorización establecía la anterior normativa, siempre teniendo en cuenta criterios de calidad asistencial, técnica investigadora, compromiso con la organización y transmisión del conocimiento experto.

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