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El TSJCV acuerda la devolución del IRPF de maternidad a una contribuyente que la reclamaba por el ejercicio de 2012

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VALÈNCIA, 12 Dic. (EUROPA PRESS) – La sección tercera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha acordado la devolución del IRPF indebidamente ingresado correspondiente a la prestación por maternidad percibida del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por una contribuyente en el ejercicio 2012, tras allanarse en el procedimiento la Abogacía del Estado.

Así consta en una resolución del pasado 5 de diciembre en la que la sala estima el recurso presentado por una contribuyente valenciana, a la que reconoce el derecho a la devolución de 1.540 euros más los intereses de demora.

Según ha informado en un comunicado el despacho valenciano de abogados y economistas Leopoldo Pons, se trata de la primera sentencia de toda la Comunitat que estima el recurso de una contribuyente que solicitaba esta devolución, en una causa que ha concluido con el escrito de la Abogacía del Estado allanándose en las pretensiones de la reclamante, a la vista de la doctrina legal establecida por el Supremo, que el pasado 3 de octubre determinó que las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF.

Desde el despacho se ha destacado que esta es la primera sentencia estimatoria de la Comunitat, «ya que este caso fue declarado como ‘procedimiento testigo’ por el TSJCV». «Esto quiere decir que, ante la ingente cantidad de reclamaciones recibidas, el TSJCV suspendió todos los procedimientos idénticos presentados salvo uno, que es el que se conoce como ‘procedimiento testigo’ y que ahora se ha resuelto de forma estimatoria para la contribuyente», ha explicado. El despacho cifra en un centenar los casos presentados, de los que representa a casi una veintena.

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