El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha rechazado el recurso de Educación contra el auto que ordenó aplicar la normativa previa al decreto de plurilingüismo y «mantiene que la forma en la que había de ejecutar la suspensión cautelar» es regresando al decreto de 2012.
Asimismo, el TSJCV condena a la Conselleria de Educación al pago de 350 euros en costas judiciales. Cabe recordar que el Consell presentó a finales de julio un recurso de reposición frente al auto de 27 de julio de 2017 relativo a la forma en que la Administración debe dar cumplimiento a los autos de medidas cautelares.
El citado auto estableció que la forma en que se ha llevado a cabo la suspensión cautelar del decreto de plurilingüismo «es contraria a derecho», debiendo hacerlo conforme se ordenaba en el auto, es decir, aplicando los Decretos 127/2012 (Primaria) y 234/1997 (Secundaria).