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El TSJCV vigila que Educación tome medidas contra el decreto del Plurilingüismo

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Un total de cinco días ha dado el Tribunal de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) a la Conselleria de Educación, que dirige Vicent Marzà, para que muestre «evidencias», que la corporación autonómica ha tomado medidas para frenar el conocido «Decreto de Plurilingüismo«, del que el máximo órgano judicial de la Comunitat Valenciana decidiera el pasado 23 de mayo, «suspender cautelarmente» dicho decreto que regula el modelo lingüístico educativo valenciano en la enseñanza no universitaria. «El TSJCV pregunta a la Conselleria d’Eudcació las medidas adoptadas para cumplir el auto que suspendió cautelarmente el decreto de plurilingüismo», rezaba la cuenta de Twitter del TSJCV.

La providencia de la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativa de dicho tribunal, además, pone un límite a estas actuaciones, un plazo de cinco días a contar desde el momento de la publicación de la providencia, firmada en la tarde del jueves. «El TSJCV da 5 días a la Conselleria de Educación para que identifique al cargo o funcionario responsable del cumplimiento de la resolución», señalaba el tribunal en un segundo mensaje en su cuenta de Twitter. No obstante, cabe indicar que esta providencia dictada por el TSJ no es firme, y por tanto, cabe también recurso por parte de Educación.

La conselleria, por su parte, incide que se está incumpliendo la resolución judicial desde que se hizo efectiva por parte del TSJ, que también denegó recalca que «el cumplimiento de las cautelares se está llevando a cabo desde el momento en que se hicieron efectivas por el TSJ que, también, denegó el recurso de la administración de Marzà contra la suspensión cautelar del Decreto de Plurilingüismo aprobado por el gobierno del Tripartito.

El TSJ, que no ha entrado todavía a juzgar el fondo de la cuestión sobre el Decreto de Plurilingüismo, decretó en su momento la suspensión cautelar del mismo porque con su entrada en vigor, existía «un perjuicio irreparable»entre los alumnos que se certifiquen por una u otra linea. l si se inicia la educación en un nivel y no puede modificarse (por otro superior), debiendo obtenerse el certificado de idiomas del inferior».

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