La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado al futbolista Rafa Mir a ocho años y medio de prisión por un delito de agresión sexual y otro de lesiones, en una sentencia que todavía no es firme y que podrá ser recurrida ante el Tribunal Supremo. El fallo impone al delantero siete años de cárcel por la agresión sexual y un año y medio adicional por las lesiones causadas a la víctima.
Además de la pena de prisión, la resolución establece una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la denunciante durante 13 años, siete años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la condena y una indemnización de 64.000 euros por daños físicos y morales.
Los hechos se remontan a la noche del 31 de agosto de 2024 en una vivienda de Bétera (Valencia), donde, según considera probado la Audiencia, se produjo la agresión tras conocer Rafa Mir y su amigo Pablo Jara a dos jóvenes en una discoteca. Durante todo el procedimiento, el futbolista mantuvo que las relaciones fueron consentidas, mientras que la denunciante sostuvo que fue víctima de una agresión sexual con penetración.
La Sala considera que la prueba practicada durante el juicio ha permitido acreditar los hechos “sin fisuras”, otorgando especial credibilidad al testimonio de las víctimas, que califica como coherente, consistente y mantenido de forma constante durante toda la instrucción. Los magistrados destacan además el respaldo de declaraciones testificales y de los informes periciales psicológicos presentados durante la vista.
Por su parte, Pablo Jara ha sido condenado a dos años y medio de prisión por delitos de agresión sexual, contra la integridad moral y lesiones leves sobre una segunda joven, además de una indemnización de 6.280 euros.