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La multa que los menores pueden recibir de la DGT por cometer esta infracción en la calle

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Todos deben cumplir la norma. Este es el mensaje de la Dirección General de Tráfico (DGT) ha realizado a todos los conductores de patinetes eléctricos, mayores y menores de 18 años.

Un aviso que también va dirigido a los padres sobre las posibles multas que puede acarrear hacer un mal uso de este tipo de vehículos.

Porque son muchos los menores que utilizan este patín sin darse cuenta que están utilizando un medio de transporte.

Pero como recuerda la DGT ser menor de edad no exime del cumplimiento de las normativas en la carretera. En caso de infracciones cometidas por conductores de VMP menores de edad, son los padres, tutores, acogedores y guardadores legales los que responden ante el incumplimiento de la ley.

Los conocidos como Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son aquellos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos. Si el conductor de este medio es menor, son los padres los que tendrán que pagar las multas en caso de no respetar la normativa. Y ojo porque las multas pueden ascender hasta los 1.000 euros en los casos más graves.

Las multas más frecuentes

  • Las infracciones más frecuentes que cometen los conductores menores de edad son conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas, utilizar el teléfono móvil, circular por aceras y zonas peatonales, transportar a un pasajero o conducir de noche sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes.
  • Además los conductores de patinetes eléctricos deben hacer uso obligatorio del cascos siempre que viajen sobre estos vehículos. No llevar la protección homologada conlleva un peligro, ya que los usuarios están completamente expuestos y desprotegidos en caso de accidente. Esto supone una multa de 200 euros.
  • También deben respetar circular por la calzada a una velocidad máxima de 25 km/h y pueden ser sometidos a tests de alcoholemia o drogas.
  • Un conductor menor de edad debe tener en cuenta que se le aplica la ‘tasa 0,0’, una nueva normativa que entró en vigor el pasado mes de marzo y que no permite circular por las vías a los menores con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro.
  • Tienen prohibido conducir haciendo uso del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La multa por utilizarlo es de 200 euros. Además no pueden llevar cascos o auriculares conectados a reproductores de sonido. En caso de ser detectados, pueden ser sancionados con 200 euros.
  • No pueden circular por aceras ni zonas peatonales, ni tampoco por vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
  • Nunca podrán llevar a otro pasajero (o a más de uno). Este tipo de vehículos sólo está autorizada para transportar a una persona, por lo que incumplir la ley supone una multa de 100 euros.

La norma exige llevar encima un certificado de circulación. Los patinetes que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 deberán contar con un certificado para circular. Además, se regulaba también cómo deberán ser los sistemas de frenado o de estabilización en aparcamiento, para no encontrar patinetes tirados en las aceras.

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