El Gobierno ha aprobado este martes un Real Decreto para regular el uso del uniforme en la Guardia Civil, es la primera vez que la Benemérita autoriza que los tatuajes sean visibles vistiendo el uniforme. Estará permitido eso sí, «siempre que no reflejen motivos o expresiones prohibidas» por esta ley o que incumplan la disciplina o imagen del cuerpo policial.
En el texto, que ha recibido el visto bueno del Consejo de Ministros, además de los tatuajes, prohíbe las espigas, argollas, inserciones o similares que no estén consignados al uso de pendientes cuando sean visibles al llevar el uniforme, en el caso tanto de hombres como de mujeres.
El Real Decreto se aplicará al personal del cuerpo, a los retirados, al alumnado y de la misma forma en personas ajenas a la Guardia Civil a las que se les autorice »de forma expresa y excepcionalmente» a usar el uniforme o réplicas de ello para representaciones u otras actividades sociales o culturales. Según la Dirección General de la Guardia Civil en su comunicado, »se aplicará a los procesos selectivos 2021/2022 para el ingreso en el cuerpo».
El Real Decreto controla asimismo cuándo los guardias no deberán hacer uso del uniforme, con una referencia a su empleo en redes sociales, actos publicitarios o medios de comunicación sin autorización expresa.
También prohíbe con carácter general a todas las personas ajenas al cuerpo no autorizadas a hacer uso »público e indebido» en cualquier medio del uniforme, sus emblemas, insignias y condecoraciones oficiales »que puedan generar engaño acerca de la condición de quien los use».
Este Real Decreto aplica a todo el personal de la Guardia Civil en cualquiera de las situaciones administrativas en las que se encuentre y al personal en situación de retiro. También a todas las personas ajenas al Instituto Armado que vistan el uniforme o réplicas de este para representaciones y actividades de carácter cultural y social.
Será desarrollado en una orden ministerial posterior y queda prohibida la donación o compraventa entre particulares o fuera de los establecimientos comerciales autorizados de cualquier parte o accesorio del uniforme.
Los establecimientos autorizados para su comercialización tendrán que solicitar al demandante el documento que acredite su condición de miembro del cuerpo. En el caso de tratarse de una demanda a distancia y no se puede comprobar, se enviará el material solicitado a una dependencia oficial de la Guardia Civil.