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Nuevas leyes de Tráfico: todo lo que debes saber a partir del 21 de marzo

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Nuevas leyes de tráfico que van a afectar mucho en el día a día a los conductores. «Las nuevas formas de movernos, conectarnos y comunicarnos nos exigen evolucionar. Por eso, adaptamos a los tiempos la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, una nueva reforma que mejorará la eficacia del sistema y la convivencia entre todos.» La página de la Dirección General de Tráfico (DGT) avisa de los nuevos cambios que se van a producir con la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que entrará en vigor el próximo día 21 de marzo.

“Nuevos tiempos. Nuevas normas”, es el lema de la campaña, que ya puede verse en los medios pretende dar a conocer las novedades más importantes de esta ley que trata de adaptarse a la realidad actual de los conductores. Pero, ¿cuáles son las nuevas medidas y en qué nos afectan? Estas son las novedades a partir del 21 de marzo de 2022:

Nuevas leyes de Tráfico:

Sujetar el móvil con la mano mientras conduces: 6 puntos

Las distracciones son la principal causa de los accidentes de tráfico en España desde 2016. La nueva medida refleja que sujetar con la mano dispositivos de telefonía móvil supondrá perder seis puntos en lugar de tres. La multa se mantiene en 200 euros, dado que no deja de ser una infracción grave.

No llevar cinturón: 4 puntos

Aumenta a cuatro puntos la sanción por no hacer uso del cinturón de seguridad, del casco o del sistema de retención infantil correspondiente. Se mantiene la sanción económica en 200 euros que no aumenta.

Dos años sin infracciones para recuperar saldo de puntos

Con independencia de las infracciones que se hubieran cometido, el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos. En caso de haber perdido todos los puntos solo se pueden recuperar mediante cursos de reeducación.

Prohibido superar los 20km/h para adelantar: 100 euros

Sin duda es la medida más polémica. Los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán en carreteras convencionales superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos. Si se supera significará una infracción por exceso de velocidad. La multa será de 100 euros. Una medida que busca minimizar el riesgo que ocasionan los adelantamientos y así reducir la siniestralidad en carretera convencional. España es el único país europeo en el que se permitía rebasar el límite para adelantar.

Respeto a los ciclistas

Ahora, para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, deberás hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos.  Es una manera de proteger a este colectivo vulnerable. Está prohibido parar o estacionar el vehículo en el carril bici o en vías ciclistas. Esta nueva infracción se considera como grave y supone 200 euros de multa, pero no conlleva detracción de puntos.

Patinetes eléctricos

Uno de los medios de transporte que más ha crecido y que más polémica causa. Los conductores de vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, estarán obligados según la nueva norma a utilizar casco de protección, una medida que no estaba en el texto que el Gobierno aprobó en el Consejo de Ministros y que se ha incluido en la tramitación parlamentaria. Queda indicado que no se podrá circular con ellos por aceras ni áreas peatonales, autopistas o autovías. La norma se refiere a patinetes o vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos cuya velocidad máxima está entre 6 y 25 km/h.

Detectores de radar

Ahora, llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos.

Para menores en patinetes o ciclomotores, tasa de alcohol 0,0

La nueva ley aplicará por primera vez una tasa de alcohol 0,0, pero únicamente destinada a conductores menores de edad. Es decir, usuarios de patinetes y bicicletas, así como de ciclomotores, cuadriciclos ligeros o motos de menos de 125 cc, que tengan menos de 18 años.

Medio ambiente: contaminación e incendios

Ahora, es obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE).

Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes pasa a ser infracción muy grave lo que se traduce en una sanción de 500 euros y la resta de seis puntos del carnet.

 

 

 

 

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