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El Supremo imputa a Artur Mas, Marta Rovira y Anna Gabriel por rebelión

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El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha acordado ampliar el espacio subjetivo de la investigación abierta en relación con el proceso independentista de Cataluña a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, a la presidenta del grupo parlamentario de la CUP, Mireia Boyá, a su portavoz, Anna Gabriel, al presidente del PDeCat, Artur Mas, a su coordinadora general, Marta Pascal, y a la presidenta de la AMI, Neus Lloveras i Massana.

En un auto notificado hoy, el juez comunica la existencia del procedimiento a estos nuevos investigados, así como las sospechas que sobre ellos se ciernen, con instrucción de los derechos que les asisten de conformidad con el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y la posibilidad de ejercerlos de forma inmediata.

En su escrito, Llarena explica que las diligencias que hasta ahora se han practicado muestran que los hechos que se investigan se han podido desarrollar bajo la dirección y coordinación de un conjunto de personas entre los que se encontrarían los presidentes y portavoces de los grupos parlamentarios independentistas del disuelto Parlamento de Cataluña, así como los presidentes y secretarios generales de los partidos políticos independentistas y la presidenta de la Asociación de Municipios para la Independencia ( AMI) . Unas sospechas cuyo fundamento, según el juez, no solo se encuentra en que aparecen referenciados como integrantes del Comité Estratégico descrito en el documento Enfocats, “ sino en otra serie de elementos que pudieran corroborar lo que en este documento se recoge”.

De un lado, Llarena destaca que todas estas personas aparecen identificadas como participantes de algunas de las reuniones que supuestamente sirvieron para “idear y pergeñar el proceso de ruptura que se investiga, tal y como se recoge en la agenda intervenida con ocasión del registro practicado en el domicilio de Josep María Jové Lladó”.

LLarena añade que todos estos nuevos investigados parecen haber tenido una participación principal y destacada en su desarrollo, “aportando el apoyo político que precisaron la actuación parlamentaria y la actuación de ejecución que llevaron este proceso a término”, tal y como detalladamente se refiere en el atestado elaborado por la Guardia Civil.

Por ello, el juez concluye que para que los investigados puedan ejercitar su derecho de defensa tal y como prevé al artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal procede comunicarles la existencia de este procedimiento, así como las sospechas que sobre ellos se ciernen para que se les instruya de los derechos que les asisten y puedan ejercitarlos de manera inmediata.

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