La sentencia declara que la demandada ha violado derechos patrimoniales de propiedad intelectual pertenecientes a DTS mediante la comunicación pública de sus emisiones y transmisiones. Por ello condena a Puerto 80 Projects “al cese de la actividad infractora” y en su virtud acuerda el cierre de la página web roja directa “en todos sus dominios, prohibiendo a la demandada la reanudación de igual actividad sin la obtención de la autorización” correspondiente. La jueza concluye asimismo que la demandante tiene derecho a ser indemnizada “en la cantidad que se determine en un procedimiento posterior”. La sentencia es recurrible ante la Audiencia Provincial.
En noviembre del año pasado, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña ya había estimado una demanda similar presentada por Mediaproducción contra Puerto 80 Projects.