Hacienda aumenta el control sobre Bizum y eliminará el umbral de 3.000 euros para informar sobre movimientos bancarios. Conoce qué pagos estarán bajo vigilancia.
Madrid | 13 de mayo de 2025 — Redacción
El uso de Bizum se ha convertido en una herramienta diaria para millones de usuarios en España. Su rapidez, comodidad y gratuidad lo han hecho imprescindible tanto para particulares como para autónomos. Sin embargo, la Agencia Tributaria ha anunciado cambios importantes que afectarán directamente a ciertos tipos de transacciones.
A partir de ahora, los envíos de dinero a través de Bizum que tengan carácter comercial deberán ser declarados, y los bancos estarán obligados a reportar mensualmente este tipo de movimientos, eliminando el actual límite de 3.000 euros que marcaba la obligación de informar.
📋 Nuevas normas de Bizum: ¿qué pagos estarán prohibidos?
Con este cambio normativo, Hacienda busca un mayor control sobre los movimientos de dinero no declarados y, por tanto, los siguientes usos de Bizum estarán prohibidos si no se declaran correctamente:
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💼 Cobros por servicios profesionales o actividades económicas, como clases particulares, venta de productos o alquileres, si no se incluyen en la declaración de la renta.
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📦 Pagos a autónomos no registrados, sin emitir factura.
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💶 Envíos recurrentes o superiores a los límites permitidos sin justificación, incluso entre particulares.
Estos movimientos podrán ser considerados ingresos ocultos si no se notifican adecuadamente a la Agencia Tributaria.
💰 Límites actuales de Bizum en 2025
Aunque las nuevas medidas no modifican los límites operativos de la plataforma, es importante recordarlos:
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✅ Importe mínimo por operación: 0,50 €
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✅ Importe máximo por operación: 1.000 € (variable según entidad)
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✅ Límite diario de envío: 2.000 €
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✅ Límite mensual de envío: 5.000 €
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✅ Máximo de operaciones al mes: 60
🕵️ Hacienda vigila los movimientos por Bizum: ¿quién debe preocuparse?
Según las nuevas directrices de la Agencia Tributaria, los pagos personales entre amigos y familiares seguirán sin obligación de ser declarados, si no superan los 10.000 euros anuales entre dos personas.
Sin embargo, todos los pagos que reflejen una actividad económica deberán tributar, incluso si el receptor no está dado de alta como autónomo. Esto incluye:
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Servicios puntuales (como reparaciones, clases o traducciones)
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Venta de productos personales de forma recurrente
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Alquileres temporales o vacacionales
📢 Conclusión: Bizum bajo lupa fiscal en 2025
El nuevo control de Hacienda sobre Bizum en 2025 marca un punto de inflexión en el uso de esta plataforma. Si bien seguirá siendo una herramienta válida para transferencias personales, los usuarios deberán extremar la precaución cuando la utilicen en contextos profesionales o comerciales.
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