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Calendario laboral 2023: Estos son todos los festivos

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Aprobado el calendario laboral 2023 de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

El Consell ha tomado como criterio básico el respeto a las fiestas que mayor tradición tienen en el conjunto de nuestra Comunitat Valenciana, favoreciendo, asimismo, que el disfrute de estas fiestas no suponga un perjuicio para la actividad económica de la Comunitat Valenciana sino, al contrario, beneficie la competitividad del conjunto de las empresas valencianas y repercuta de manera positiva en el empleo.

Calendario laboral 2023

Se declaran, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el año 2023, días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, las fechas siguientes:

  • 6 de enero, Epifanía del Señor
  • 7 de abril, Viernes Santo
  • 10 de abril, Lunes de Pascua
  • 1 de mayo, Fiesta del trabajo
  • 24 de junio, San Juan
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen
  • 9 de octubre, día de la Comunitat Valenciana
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre, Todos los Santos
  • 6 de diciembre, día de la Constitución
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor

Con este decreto se hace posible el disfrute de las doce fiestas laborales en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Asimismo, este calendario se completará por las corporaciones locales, a las que corresponde determinar dos fiestas de carácter local.

El calendario laboral ha sido sometido a informe previo del Consejo Tripartito para el Desarrollo de las Relaciones Laborales y la Negociación Colectiva de la Comunitat Valenciana.

Calendario laboral en la ciudad de València para 2023

Los días 17 y 24 de abril como festivos locales. La propuesta permitirá poner en marcha una experiencia innovadora de semana laboral de cuatro días.

Los festivos en toda España

El calendario laboral del próximo año 2023 contará con 14 días festivos en todo el país, como ya sucede en este año vigente. Según recogen los distintos calendarios laborales de las comunidades y ciudades autónomas, ocho de esos días serán fiestas nacionales «no sustituibles», es decir, que no podrán ser modificadas; cuatro escogidos por cada región; y otros dos elegidos por los ayuntamientos.

Algunos de los festivos inamovibles son de sobra conocidos, como Viernes Santo, el Día de la Constitución o el de Navidad. Los otros cuatro días que barajan las comunidades son el 2 de enero (si deciden trasladar el Año Nuevo, que cae en domingo), el 6 de enero, el 19 de marzo (que también cae en domingo, y puede trasladarse al día 20 o a otras fechas como el 25 de julio, Día de Santiago o al 8 de junio, día del Corpus Christi; solo puede escogerse uno de los dos) y el 6 de abril, Jueves Santo.

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