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Condenan a la revista Lecturas a pagar 20.000 euros por publicar fotos del hijo de Penélope Cruz y Bardem

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La Sala I, de lo Civil, del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a RBA Revistas S.L. a pagar una indemnización de 20.000 euros al hijo de los actores Javier Bardem y Penélope Cruz por intromisión ilegítima en su intimidad e imagen por la publicación de un reportaje en “Lecturas” el 18 de septiembre de 2013 titulado “Vacaciones familiares: Pe y Bardem se escapan a Córcega”, que incluía fotos del menor.

El Supremo ha dictado auto de inadmisión del recurso de RBA y declara firme la sentencia de la Audiencia de Madrid, que a su vez ratificó la dictada en primera instancia por un Juzgado de Alcobendas. La revista deberá pagar los 20.000 euros al niño a través de sus padres y retirar definitivamente las fotos del menor y destruir los negativos si los hubiera.

Para el Supremo, el recurso carece manifiestamente de fundamento “pues desconoce la valoración probatoria efectuada por la sentencia de la audiencia provincial, confirmatoria de la de primera instancia, y respetándose las circunstancias tenidas en cuenta en la sentencia, no se opone la sentencia recurrida a la jurisprudencia de la Sala, sobre derecho a la intimidad e imagen de los menores, donde el derecho a la intimidad personal, y a la propia imagen, es mucho más estricto cuando se trata de menores”.

La revista se defendió argumentando que el niño aparecía siempre en segundo plano, con el rostro pixelado, no siendo reconocible en modo y manera alguna, y que las fotos se tomaron en una playa pública. Asimismo, entendía que citar el nombre del hijo y su edad es inocuo, y que no se mencionó el centro educativo concreto donde iba a estudiar.

El Supremo contesta que la Audiencia de Madrid consideró acreditado que se había captado, reproducido y publicado la imagen del menor y que ésta era «perfectamente identificable y fácilmente reconocible a pesar del empleo de un mínimo mecanismo de distorsión parcial del rostro y se han divulgado datos o hechos relativos a su vida privada próxima escolarización, e identificación del método educativo elegidos por sus padres para su formación integral, sin el consentimiento de sus representantes legales».

Sobre la cuantía de la indemnización, cuestionada también por RBA, para el Supremo es proporcionada y no arbitraria.

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