Valencia

Adiós al impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana

Publicado

en

El presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, durante su intervención ante el Pleno de Les Corts. EFE/ Kai Forsterling

Les Corts Valencianes han aprobado, con los votos a favor del PP y Vox, y en contra del PSPV y Compromís, la primera medida económica adoptada por el Consell de coalición de PP y Vox: el proyecto de ley que elimina el impuesto de sucesiones y donaciones.

Esta bonificación del 99 % sobre la cuota a pagar, que entra en vigor con efecto retroactivo desde el 28 de mayo, se aplicará a parientes directos: hijos y otros descendientes; padres y otros ascendientes; y cónyuges. La medida beneficiará a alrededor de 20.000 personas contribuyentes en la Comunitat Valenciana, donde hasta ahora la única bonificación vigente con carácter general era del 50 %, y del 75 % y únicamente para hijos menores de 21 años o personas con discapacidad.

«La bonificación está planteada para que todos nuestros allegados puedan disfrutar de las herencias sin que se vean obligados a renunciar o a pagar cuantías muy elevadas», ha destacado la responsable de Hacienda, quien rechaza que la bonificación vaya a beneficiar a los contribuyentes de mayor renta.

La responsable de las finanzas valencianas ha incidido en que rebajar la carga fiscal de la ciudadanía también es «cuidarla» porque genera mayor liquidez en las economías familiares y estimula la economía, las posibilidades de crear empleo, el consumo y las posibilidades de inversión. «Con impuestos justos y con una buena gestión, cubrimos los servicios esenciales y aseguramos la prosperidad y el progreso económico de la Comunitat. Por tanto, rebajamos impuestos para reactivar, para progresar y para crecer», ha reiterado la consellera.

El 95 % de contribuyentes ya no tendrá que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Con esta rebaja fiscal, el 95% de contribuyentes ya no tendrá que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (sumando las nuevas bonificaciones y los que ya estaban exentos) y se estima que beneficiará cada año a alrededor de 15.000 personas en el caso del Impuesto de Sucesiones y 3.000 en el caso de Donaciones en la Comunitat Valenciana, tomando como referencia los declarantes de 2022. A ello hay que que sumar las más de 5.000 renuncias a herencias por varias causas para no pagar impuestos.

Por provincias, de acuerdo con las declaraciones presentadas en 2022, la rebaja fiscal favorecerá en Valencia a 10.082 personas; en Alicante 5.695 personas y en Castellón 2.273 personas.

Efectos retroactivos desde el 28 de mayo

La bonificación del impuesto se aplicará para los derechos devengados a partir del 28 de mayo, fecha de las pasadas elecciones autonómicas, beneficiando de esta forma a un gran número de contribuyentes que antes no tenían ninguna desgravación o la tenían más reducida.

La bonificación del 99 % se aplica sobre la cuota tributaria en las adquisiciones mortis causa y percepciones de cantidades obtenidas por los beneficiarios de seguros de vida que se añadan al caudal hereditario efectuadas por parientes del causante pertenecientes a los grupos I y II (descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes) de la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

También podrán beneficiarse de la reducción del impuesto las adquisiciones por donación u otros actos lucrativos inter vivos celebradas en favor del cónyuge, padres, adoptantes, hijos o adoptados del donante, nietos y abuelos con la finalidad de simplificar la actual regulación de las reducciones asociadas al parentesco e incorporando como beneficiarios a los cónyuges del donante.

Igualmente, disfrutarán del mismo beneficio las adquisiciones por personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad igual o superior al 65 % o por personas con discapacidad psíquica con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

Reducciones en transmisiones inter vivos

Para el cálculo de la base liquidable del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en las transmisiones inter vivos serán aplicables a la base imponible diversas reducciones por circunstancias propias de la Comunitat Valenciana.

En concreto, si las adquisiciones se realizan por hijos o adoptados menores de 21 años, se aplicará una reducción de 100.000 euros, más 8.000 euros por cada año menos de 21 que tenga el donatario, sin que la reducción pueda exceder de 156.000 euros.

En el caso de que las adquisiciones se realicen por hijos o adoptados de 21 o más años, por el cónyuge, padres o adoptantes, se asignará una reducción de 100.000 euros; en las adquisiciones por nietos se fijará una reducción de 100.000 euros si el nieto tiene 21 o más años, y 100.000 euros, más 8.000 euros por cada año menos de 21 que tenga el nieto, sin que, en este último año, la reducción pueda exceder de 156.000 euros, mientras que en las adquisiciones realizadas por abuelos, las reducciones serán de 100.000 euros.

En las adquisiciones por personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, y con discapacidad psíquica, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, se aplicará una reducción a la base imponible de 240.000 euros.

Por último, cuando la adquisición se efectúe por personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que sean el cónyuge, padres, adoptantes, hijos o adoptados del donante, se aplicará una reducción de 120.000 euros. Igual reducción, con los mismos requisitos de discapacidad, se aplicará a los nietos y a los abuelos.

Click para comentar
Salir de la versión móvil