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La jueza del accidente de metro de València rechaza que la Agencia Ferroviaria de la UE analice el caso

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VALÈNCIA, 24 Jul. (EUROPA PRESS) – La titular del Juzgado de Instrucción Número 21 de València, que investiga el accidente de la Línea 1 de Metrovalencia –que el 3 de julio de 2006 costó la vida a 43 personas y provocó heridas a 47 más– ha rechazado la petición del fiscal del caso en la que solicitaba una nueva diligencia pericial para que la Agencia Ferroviaria de la Unión Europea (UE) realizara un análisis de todo el sumario, documentación del caso o medidas de seguridad existentes en el momento del accidente.

En un auto fechado el 20 de julio, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la jueza argumenta que esta pericial ya fue demandada en su día por el Ministerio Fiscal y fue rechazada su práctica, por lo que entiende que «no cabe reiterar de nuevo aquellas peticiones sobre las que ya ha existido un pronunciamiento» y «no se ha introducido ningún elemento nuevo». Además, destaca que ya ha precluido el plazo de la «extensa instrucción» realizada y sostiene que «esta ha alcanzado ya su finalidad». Contra este auto cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días.

La magistrada expone en el auto que el fiscal solicitó mediante un escrito del 29 de junio la práctica de esta nueva pericial, por la que abogaba por que la Agencia Ferroviaria europea examinase todo el sumario del caso (incluidos los informes periciales obrantes en la causa) y documentación anexa, de FGV y otras empresas, con el fin de que analizara la infraestructura, el material rodante (incluida la unidad siniestrada), los peligros efectuados por FGV, los accidentes o incidentes previos al 3 de julio, o las conclusiones del colectivo de maquinistas de la línea 1, entre otras.

En el auto, la jueza resalta que el 4 de julio rechazó la práctica de esta diligencia basándose en lo expuesto por la Audiencia Provincial, en relación a los motivos que llevaban a entender «no necesaria» la práctica de este análisis, algo que el fiscal recurrió.

La magistrada recuerda que el Ministerio Fiscal ya solicitó esta prueba en febrero de este año fundamentando la necesidad de la misma al «cuestionar la imparcialidad y objetividad de los peritos de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria» y fue este nuevo examen fue denegado al considerarlo «innecesario».

De nuevo, el fiscal recurrió esta decisión sobre la base de que uno de los peritos que había intervenido en la causa confeccionando varios informes figura como investigado en la causa que se sigue en Santiago de Compostela por el accidente del tren Alvia y reiteraba sus dudas sobre la «imparcialidad» de otros dos peritos.

Tras un nuevo recurso del fiscal, fue en este caso la Audiencia Provincial de Valencia la que desestimó sus argumentos y la práctica de nuevas pruebas periciales. Asimismo, la Audiencia revocó el sobreseimiento de la causa acordado por la titular de Instrucción 21 y se prorrogó la instrucción cuatro meses. Entonces, el Ministerio Público interesó de nuevo la práctica del análisis por parte de la Agencia Ferroviaria de la UE y ahora la magistrada reitera su negativa porque, subraya en el auto, «la pericial ya fue peticionada en su día y denegada su práctica» y «no cabe reiterar de nuevo aquellas peticiones sobre las que ya ha existido un pronunciamiento».

Además, indica que «no se ha introducido ningún elemento nuevo que pueda cambiar el escenario vigente en el momento en el que se denegó la práctica de la pericial que se vuelve a solicitar, tan solo el paso del tiempo, al haber transcurrido un año desde la primera solicitud».

INSTRUCCIÓN PRECLUIDA
El segundo de los argumentos que emplea la jueza es que «en la actualidad, ha precluido el plazo de instrucción». «El Ministerio Fiscal con anterioridad a que venciese el plazo podía haber solicitado la fijación de un plazo máximo de instrucción (…), habiendo obviado cualquier petición a este respecto, limitándose a presentar su escrito reiterando la pericial rechazada en resoluciones anteriores», reprocha en el auto.

La titular del Juzgado de Instrucción 21 de València destaca en su auto la «extensa y minuciosa» instrucción realizada, que considera que «ha alcanzado ya su finalidad». «La más que abundante prueba que ha sido practicada en el procedimiento» y las «numerosísimas diligencias de investigación practicadas» impiden, según defiende, aceptar la práctica de la prueba que pide el fiscal del caso en base a una «hipotética vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva o al ‘ius puniendi’ del Estado'»

«Pero es que además, este derecho, no es un derecho ilimitado, pues lo mismo se tiene que conjugar con el respeto a otros derechos, entre ellos el de la presunción de inocencia que directamente afectaría a los investigados», añade en su resolución la magistrada.

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