Entre las medidas contempladas en el texto, se mantiene la obligación para las personas, a partir de los seis años, de usar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, y elimina el apartado por el que se permitía no utilizarla cuando era posible mantener una distancia de seguridad entre personas superior a 1,5 metros.
Ley nueva normalidad mascarillas
Ley nueva normalidad mascarillas
Según lo dispuesto en el artículo 31.2 de la nueva normativa, no llevar mascarilla supondrá, tomando como referencia el artículo 57 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, una infracción leve que podrá ser castigada hasta con 100 euros de multa.
En relación a los fabricantes y los titulares de autorizaciones de comercialización de aquellos medicamentos considerados esenciales en la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la norma recoge que deberán comunicar a la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios «el stock disponible, la cantidad suministrada en la última semana y la previsión de liberación y recepción de lotes de los mismos, incluyendo las fechas y cantidades estimadas».
Además, este proyecto de ley incluye que las administraciones competentes «velarán por garantizar la suficiente disponibilidad de profesionales sanitarios con capacidad de reorganización de los mismos de acuerdo con las prioridades en cada momento». Asimismo, alude a la garantía de ¿un número suficiente de profesionales involucrados en la prevención y control de la enfermedad, su diagnóstico temprano, la atención a los casos y la vigilancia epidemiológica.