La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impone una sanción de 413.424 euros a Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación SA por extralimitarse en el emplazamiento de producto de cuatro marcas en el programa Decogarden y en la emisión de cuatro ediciones diferentes del formato.
La Comisión resuelve así el expediente sancionador que ya abrió al grupo el pasado mes de abril. En concreto, la CNMC ha constatado cuatro infracciones graves, una de ellas de carácter continuado, en la emisión del programa a través de su canal Nova los días 3, 11, 17 y 31 de diciembre de 2016, emplazando productos de Titanlux, Cortina Decor, Tesa y Flower, y que son contrarios a los requisitos que establece la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) en su artículo 17.3.
El artículo 17.3 de la Ley General de Comunicación Audiovisual establece: «El emplazamiento no puede condicionar la responsabilidad ni la independencia editorial del prestador del servicio de comunicación audiovisual. Tampoco puede incitar directamente la compra o arrendamientos de bienes o servicios, realizar promociones concretas de éstos o dar prominencia indebida al producto».
Prominencia indebida de productos
A pesar de que el programa informó al público de la existencia de emplazamiento de producto, la CNMC ha constatado conductas contrarias a la Ley, como por ejemplo, la prominencia indebida de un producto, tanto por su reiteración como por su duración y tratamiento de la imagen; menciones verbales a las posibles virtudes, méritos u otras características del producto emplazado.
También se ha verificado la presencia de comentarios aludiendo al servicio que ofrece una marca para la compra y entrega de sus productos, entre otros ejemplos.
Decogarden es un programa televisivo de entretenimiento sobre decoración en el que se realizan reformas en casas y jardines para los que se utilizan distintos productos que están en el mercado y son accesibles al público.
Fuente:Facua.org
Foto: Atresmedia