Sucesos

A prisión por golpear, apuñalar y echar gasolina a su mujer e hijo

Publicado

en

Imagen de archivo de la entrada principal de la Audiencia Provincial de Alicante. EFE/Morell

Alicante, 9 dic (OFFICIAL PRESS/EFE).- Un hombre de 42 años y vecino de Elda (Alicante) ha sido condenado por la Audiencia Provincial a siete años y seis meses de prisión por golpear a su mujer y a su hijo en el transcurso de una discusión en la que apuñaló al pequeño y llegó a rociarlos a ambos con gasolina mientras les amenazaba con prenderles fuego.

Violencia de género

El tribunal de la Sección Primera que enjuició los hechos considera al procesado responsable de un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género, por el que le impone un año de prisión y, además, concluye que también es autor de un delito de lesiones, por el que acuerda otros cuatro años y seis meses de cárcel, y añade dos años más por amenazas graves.

Las agresiones y las amenazas se produjeron entre las 14 y las 15 horas del 6 de marzo de 2022 en el domicilio familiar, después de que el acusado y su mujer iniciasen una acalorada discusión.

En un momento de la pelea, el procesado le propinó un puñetazo a su esposa, lo que hizo que un hijo común, de 18 años, intercediese en defensa de su madre para evitar que continuase golpeándola.

Agresión a su hijo

La sentencia cree probado que el procesado también asestó otro puñetazo a su hijo y que, acto seguido, se marchó del domicilio a comprar un bidón de combustible para regresar a casa con actitud agresiva hasta amenazar a ambos con prenderles fuego, con expresiones como “os voy a matar” o “no vais a llegar a la noche”, todo ello con un mechero en la mano.

A continuación, “agarró una fusta con la que trató de golpear” a su mujer, pero de nuevo se interpuso su hijo, a quien le propinó varios golpes en la espalda y en los brazos mientras seguía con las amenazas.

A navajazos

Además, cuando el hijo trató de defenderse, el procesado sacó una navaja de su bolsillo y se la clavó en la parte posterior del hombro derecho causándole una herida de seis centímetros y medio.

Solo la llamada de una de las hijas menores de la pareja a la Policía propició la detención del acusado poco después, a las puertas del domicilio familiar.

En el acto del juicio, tanto la mujer como el hijo trataron de modificar las declaraciones que prestaron en comisaría y durante la fase de instrucción con la intención de no perjudicar al acusado ya que la primera aseguró que, tras el suceso, había declarado presionada por la Policía y que, entonces, estaba muy nerviosa. Mientras que el hijo dijo que no recordaba bien lo sucedido porque la noche anterior había bebido y porque, al ser atendido en el hospital, le dieron un sedante.

No obstante, el tribunal considera que existe prueba de cargo suficiente para considerar probadas las agresiones a partir de las declaraciones prestadas por las dos víctimas durante la fase de instrucción.

La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.

Click para comentar
Salir de la versión móvil