Consumo

Multas a Lidl, Aldi, Dia y Aserceli por sus roscones de Reyes con «falsa nata»

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El Gobierno balear ha multado a las cadenas de supermercados Lidl, Aldi, Dia y al fabricante Aserceli por vender roscones de Reyes “fraudulentamente” rellenos de nata.

Por ello, la Dirección General de Consumo de Islas Baleares ha impuesto sanciones, que van desde 5.500 y 8.800 euros, aplicadas a Dia y Lidl, respectivamente, hasta los 11.000 euros, que han recaído sobre Aldi y Aserceli.

Las sanciones se producen después de que la Dirección General de Consumo del Ejecutivo balear determinase que estas empresas comercializaban sus roscones «de manera que inducen a error al consumidor” al figurar en su denominación la palabra “nata» pese a que los rellenos de sus productos estaban realizados «a base de preparados grasos vegetales y mezclas de otras sustancias».

Como señala la investigación de la asociación de consumidores, los roscones de Aldi, Dia y Lidl “ni siquiera tenían nata”, mientras que en el de Aserceli el relleno contenía “un pequeño porcentaje” de nata, pero, “fundamentalmente”, se trataba de una mezcla de mazada -suero que se obtiene en la elaboración de la mantequilla- y un preparado de grasas vegetales hidrogenadas a base de palmiste y palma.

Competencia desleal

La Dirección General de Consumo entendió que las empresas sancionadas comercializaban sus roscones “de manera que inducen a error al consumidor al figurar en su denominación la palabra nata”, pese a no ser así. Así, vieron un incumplimiento de la Ley de Competencia Desleal, que define como publicidad engañosa “cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico”.

Tampoco se habría seguido el reglamento europeo sobre la información alimentaria facilitada al consumidor. Que establece que la etiqueta debe indicar la cantidad de un ingrediente en la preparación o fabricación de un alimento cuando “figure en la denominación del alimento o el consumidor lo asocie normalmente con dicha denominación”, según recuerdan los denunciantes en un comunicado.

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