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El Ayuntamiento de Valencia celebra este lunes el sorteo de las mesas electorales de las europeas

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Un funcionario coloca varias urnas en las dependencias en las que se almacena este material, días antes de unas elecciones anteriores. EFE/ Manuel Bruque/Archivo

El Ayuntamiento de Valencia celebra el sorteo de las mesas electorales de las europeas en un pleno extraordinario para el lunes 13 de mayo, a las 9.45 horas, para proceder al sorteo de las personas que presidirán o formarán parte como vocales de las 955 mesas electorales que tendrá la ciudad en las elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio.

Sorteo de las mesas electorales europeas en Valencia

Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), València tendrá 955 mesas en un total de 274 colegios electorales y 614 secciones censales. La mesa electoral de València con más electores y electoras está conformada por 975 personas mientras que la de menos personas electoras tiene 228. En esta convocatoria electoral votarán 577.965 ciudadanos españoles residentes en València, 38.890 ciudadanos españoles residentes en el extranjero y 3.936 ciudadanos de estados miembros de la Unión Europea residentes en la ciudad.

En el sorteo, que se celebrará en el Salón de Cristal, se eligen 9 personas para cubrir cada mesa, de forma que cada cargo (presidencia y dos vocalías) tiene un titular y dos suplentes.

Según prevé la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, la formación de las mesas electorales es competencia de los ayuntamientos, bajo la supervisión de las juntas electorales de zona. Las personas que ostentan la presidencia y las vocalías de las mesas electorales son elegidas por sorteo público entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores y electoras de cada mesa.

A quién le puede tocar

Para formar parte de las mesas electorales hay que saber leer y escribir y tener menos de 70 años, a pesar de que se puede renunciar a partir de los 65 años. Las personas que ejerzan la presidencia deben estar en posesión del título de bachiller o el de formación profesional de segundo grado o, subsidiariamente, el de graduado escolar o equivalente. Por el contrario, no pueden ocupar la presidencia ni las vocalías las personas que concurran a las elecciones como candidatas.

La normativa señala que la determinación de los miembros de las mesas se hará mediante una aplicación informática para la cual se necesitan dos números de dos cifras cada uno. El primer número indica el coeficiente de salto en la lista de electores mientras que el segundo número indica el número de veces que se debe barajar la lista de electores obtenida del proceso anterior. El resultado determina, finalmente, la designación de cada uno de los componentes (una presidencia y dos vocalías) y los correspondientes suplentes de cada mesa electoral. Todo el proceso se realiza por medio de un algoritmo matemático que garantiza la seguridad del proceso.

En los días siguientes al sorteo, los ciudadanos y las ciudadanas elegidos al azar recibirán la notificación junto con un manual de instrucciones sobre sus funciones. A partir de ese momento, disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona alguna causa justificada y documentada que les impida aceptar el cargo.

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