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Ya hay fecha para el sorteo de las mesas electorales

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Elecciones Generales 2023  se encuentran a la vuelta de la esquina y  llega uno  de sus momentos clave para millones de ciudadanos españoles: el sorteo de los miembros de las mesas electorales para el 23 de julio. Hace unos días, el Ministerio del Interior hizo público el número más temido de este verano: 543,060 personas serán convocadas como presidentes o vocales, tanto titulares como suplentes. Lo que supone un aumento de 2,376 personas en comparación con las últimas elecciones generales de 2019. Además, se conoce la fecha para el sorteo de las mesas electorales.

Ya hay fecha para el sorteo de las mesas electorales

La fecha del sorteo de las mesas electorales será entre el 24 y el 28 de junio, de acuerdo con la Ley Electoral y el calendario establecido tras la convocatoria de las elecciones. Los seleccionados como miembros de mesa por el Pleno Municipal recibirán la notificación de su designación durante los tres días posteriores al sorteo. Por lo tanto, se espera que las cartas temidas lleguen entre el 27 de junio y el 1 de julio.

La manera de notificar a los «agraciados» es mediante la Policía Local o el funcionariado de Correos. Es necesario que notifiquen personalmente a la persona que haya salido en el corte. En el caso de que no puedan notificar, la persona tendrá que acudir de todos modos a la mesa, pues se habría dejado diferentes avisos en el buzón. A pesar de que no se haya notificado o que se haya hecho más tarde, la persona debe ir igualmente. La ley fija expresamente que el retraso no será causa invalidante de la designación.

El sorteo se realiza en el Ayuntamiento de cada localidad

El sorteo de los miembros de las mesas electorales se realiza de manera transparente y pública, utilizando procedimientos aleatorios o mecanismos al azar. Se lleva a cabo en el Ayuntamiento de cada localidad, bajo la supervisión de las Juntas Electorales de Zona. Es importante destacar que haber participado recientemente como miembro de mesa no te excluye de la posibilidad de ser seleccionado nuevamente. Sin embargo, existe la opción de excusarse si has desempeñado esa función en tres ocasiones durante los últimos diez años.

No es obligatorio que la lista de las personas seleccionadas se publique, y de hecho, la página web del Ministerio del Interior asegura que esto no se hace, aunque algunos ayuntamientos sí pueden optar por publicitar esos nombres.

Los presidentes y vocales deben ser menores de 70 años, aunque a partir de los 65 años tienen la opción de manifestar su renuncia. Además, existen diversas excusas y justificaciones aceptadas para no asistir a la mesa electoral.

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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