Consumo

Bankia endurece las condiciones de sus cuentas bancarias

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No son hechos aislados, sino una tendencia real: las entidades financieras están endureciendo los requisitos que exigen a sus clientes a cambio de la gratuidad de sus cuentas. Bankia ya ha comunicado a sus clientes las nuevas condiciones y son más duras. El consejo de la Organización de Consumidores (OCU) es claro: si no te convencen, cámbiate.

Tras los cambios de condiciones anunciados por el Banco Sabadell o BBVA, ahora le ha tocado el turno a Bankia, que ya está comunicando a los clientes el cambio de requisitos en sus cuentas con nómina domiciliada.

Condiciones más duras para no pagar comisiones

A partir de ahora, para no pagar comisiones en sus cuentas, los clientes de Bankia, además de tener la nómina domiciliada deberán cumplir al menos uno de los siguientes requisitos adicionales:

  • Realizar al menos dos compras al mes con tarjeta de crédito.
  • Tener contratado con Bankia algún seguro de hogar, automóvil, salud, vida, accidentes o decesos.
  • Tener invertidos al menos 30.000 euros en fondos de inversión, planes de pensiones o seguros de ahorro de la entidad.

Si no se cumplen dos de esos requisitos, incluso manteniendo domiciliada la nómina, se pagará una comisión de mantenimiento por la cuenta de 6 euros mensuales (72 euros al año), a lo que hay que sumar 14 euros adicionales por la tarjeta de débito.

Y los clientes que no tengan ingresos domiciliados se enfrentan a una situación aún peor, pues deberán pagar una comisión de 14 euros mensuales, es decir, mantener la cuenta les costará 168 euros al año, a lo que tendrán que sumar otros 28 euros de comisión anual por la tarjeta de débito.

Sí, pueden subirte las comisiones

Lo cierto es que las entidades pueden modificar unilateralmente las condiciones de los productos que ofrecen a sus clientes en cualquier momento. La normativa establece que, en el caso de contratos de duración indefinida (como sucede con los de cuentas corrientes) , las entidades pueden modificar unilateralmente las condiciones, con el único requisito de comunicar los cambios de manera individualizada con una antelación de al menos dos meses, salvo que las nuevas condiciones sean más beneficiosas para los clientes, en cuyo caso se podrán aplicar de manera inmediata.

Fuente: OCU

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