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La Federación vecinal denuncia exceso de terrazas en zonas de ocio de València y en El Palmar

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La Federación de Vecinos  de València ha denunciado este jueves las diferentes quejas que han llegado por parte de algunas asociaciones ubicadas en zonas turísticas y de ocio con respecto a las terrazas de los establecimientos de hostelería.

Si bien es cierto que esta entidad reconoce el esfuerzo y responsabilidad de la gran parte de los empresarios, esto tampoco implica que se dejen de denunciar comportamientos abusivos que pueden poner en riesgo la salud y el esfuerzo realizado hasta ahora por la mayoría de los valencianos y valencianos.

Al respecto, la presidenta de la Federación, María José Broseta, ha asegurado que desde asociaciones de vecinos como Amics del Carmen, Russafa-Gran Via, Ciutat Jardí (plaza del Cedro), Benimaclet o El Palmar han alertado de un exceso de mesas y sillas, por encima del 50% permitido.

Al respecto, Broseta ha aclarado que el acuerdo al que se llegó con el Ayuntamiento y los hosteleros implicaba la posibilidad de ampliar la superficie destinada a terraza, con la opción de bajarlas a la calzada, con el objetivo de hacer posible que se respetaran las distancias de seguridad de ese 50% de terraza: “en ningún caso, al menos esta Federación así lo entendió, el aumento de superficie estaba destinado a que pudieran poner más mesas y sillas del 50% de su permiso habitual, como así está sucediendo en muchos puntos de la ciudad”, ha comentado.

Ante esta situación, Broseta ha hecho un llamamiento a la responsabilidad y al civismo, ya no solo de los propios hosteleros, sino también de los clientes para que se respeten de forma estricta todas las medidas de seguridad, y ha solicitado un mayor control al respecto por parte de la Policía Local: “la Policía debe intensificar la vigilancia y sancionar a los locales que incumplen y desacreditan a la mayoría que sí se esfuerza por atender todas las condiciones”.

“Somos conscientes de que los hosteleros, como tantos otros sectores, lo están pasando muy mal y somos los primeros en querer ayudarles, pero todo tiene que ir dentro de un orden y sobre todo cumpliendo las normas de seguridad sanitarias”, ha comentado Broseta.

Recuerda, finalmente, que esta excepcionalidad ha de estar condicionada a la protección de la salud y el respeto al descanso y hace un llamamiento a la responsabilidad de la población.

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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