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Valencia

Archivada la causa contra Francisco Camps por la visita del Papa a Valencia

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Valencia, 19 abr (EFE).- La sección cuarta de la Audiencia de Valencia ha archivado la causa abierta contra el expresidente de la Generalitat Francisco Camps y otros procesados por los contratos efectuados para preparar la visita del papa Benedicto XVI a Valencia en julio de 2006.

Según el auto judicial, al que ha tenido acceso EFE, el tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por el ministerio fiscal y la representación de la Generalitat Valenciana contra el sobreseimiento provisional dictado por el juzgado de instrucción número 5 de Valencia.

En esta causa estaban imputados, además de Camps, el exconseller Víctor Campos, el obispo Esteban Escudero y Enrique Pérez Boada, secretario de la Fundación V Encuentro Mundial de las Familias, entre otros.

En los fundamentos jurídicos, el auto indica que de las diligencias practicadas durante la instrucción no se desprende «elemento alguno que permita sostener» que en los acuerdos adoptados por el Gobierno valenciano en los años 2005, 2009, 2010 y 2014 «no se hubieran respetado las formas, o que los mismos se hubieran adoptado de forma arbitraria o que se hubieran realizado al margen de la normativa reguladora».

Tras asegurar que la Fundación era privada, el auto afirma que no existe ningún indicio de que los investigados se hubieran concertado en el momento de la constitución de la entidad para eludir deliberadamente la normativa de contratación pública.

«Dado que los sujetos encargados de las contrataciones han reconocido que obraron libremente y de acuerdo con su leal saber y entender, no es posible atribuir a los creadores de la Fundación la responsabilidad por las modalidades jurídicas empleadas e irregularidades que se les quiera adosar», detalla el auto.

Y «máxime cuando buena parte de los trabajos a realizar y financiar eran inciertos y dependían de elementos impredecibles como el grado de participación de otras instituciones públicas y privadas, la intervención de donantes particulares y demás circunstancias sobrevenidas concitables con los fines altruistas de la Fundación y la casuística que iba surgiendo», añade.

Además, «no se ha demostrado tras cinco años de pesquisas, que a través de los contratos se hubiera favorecido a determinados contratistas o a la Fundación».

Por tanto, resume el auto de la Audiencia de Valencia, «no se adivina ningún propósito delictivo en el acuerdo de creación de la Fundación, ni actuación posterior dirigida a señalar el camino ilícito a los contratistas de la Fundación, respecto de los que no existe ningún indicio de conexión en ese sentido, pues el alegado por el Ministerio Fiscal, referido al ‘protagonismo jactancioso’ del presidente Camps en el ejercicio de sus funciones públicas, o la manifestación de que ‘en aquella época se hacía lo que mandaba el Presidente”, no son más que comentarios personales extraños al debate jurídico».

Sobre los dos millones de euros aportados por la Generalitat en 2010 a la Fundación, la resolución judicial indica que la entrega de ese dinero «no fue una decisión personal y privada de ningún investigado revestido de autoridad, ni su destino fue enriquecer injustamente un patrimonio privado sino que se empleó en el abono de los trabajos y servicios realizados para la celebración del evento, por lo que no se puede hablar de malversación de caudales públicos.

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Valencia

Estos son los cambios para el próximo curso escolar en Valencia

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Estos son los cambios para el curso escolar en Valencia

El pleno del Consell ha aprobado este martes el decreto de libertad de elección del centro educativo, conocido como distrito único, que da más puntos a las familias con rentas bajas, a las numerosas, las monoparentales, a las beneficiarias de la Renta Valenciana de Inclusión y a quienes trabajen en un centro educativo.

El nuevo decreto primará como criterios básicos la existencia de hermanos en el centro, la proximidad al mismo y la renta de las familias, e incorpora como novedad la baremación en cuanto a la simultaneidad con enseñanzas profesionales de música o de danza y el deporte de élite.

Según ha informado el conseller de Educación, José Antonio Rovira, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell, con este nuevo decreto «se superan las limitaciones impuestas por un modelo de obligatoria parcelación» del anterior gobierno del Botànic y se pasa a un modelo de «libertad» en el que «escogen las familias».

Con ello, ha añadido, se da continuidad al «concepto de libertad como con la proposición de ley de Libertad Educativa, que sustituye a la de plurilingüismo».

Así, ha detallado que el nuevo decreto regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y en los centros de Educación Especial en la Comunitat Valenciana.

Mayor «libertad» a la familias

La principal novedad del proceso de admisión del próximo curso es la incorporación del distrito único, que dará libertad a los padres y madres para elegir el centro educativo que consideren más adecuado para sus hijos e hijas.

El conseller ha señalado que el nuevo decreto «supera las limitaciones impuestas por un modelo de obligatoria parcelación y se pasa a un modelo en el que, manteniendo la proximidad del domicilio como criterio, las familias de una localidad tendrán la opción de elegir libremente el centro» que se ajuste a sus intereses y convicciones.

Este nuevo marco también va asociado a la necesidad de replantear las prioridades, prelación y ponderación de las puntuaciones que van asociadas a los diferentes criterios de baremación.

Destacan en este sentido novedades como el incremento de puntos en la renta per cápita de la unidad familiar (sin ser persona beneficiaria de la Renta Valenciana de Inclusión), de acuerdo con el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), correspondiente a 14 pagas, en relación con el ejercicio fiscal anterior en dos años al año natural en que se solicita plaza.

En el caso de las rentas más bajas se pasará de los 3,5 puntos actuales a 7 puntos, informa la Generalitat.

También se produce un aumento en la valoración de las personas destinatarias de la Renta Valenciana de Inclusión, ya que se pasa de 4 a 7 puntos; y la puntuación cuando los padres, madres o tutores o tutoras legales sean personal de plantilla en activo del centro educativo aumenta de 5 a 7 puntos.

Por otro lado, se valora la condición legal de familia numerosa especial con 7 puntos (frente a los 5 actuales) y general (con 5 puntos frente a los 3 de ahora). Además, el alumnado nacido en parto múltiple contará 1 punto por cada hermano o hermana nacido en el mismo parto.

También se incrementa el peso de las familias monoparentales de régimen especial (7 puntos frente a los 5 de ahora) y general (5 puntos frente a los 3 actuales).

Música, danza y deporte de élite

Otra de las novedades del proceso de admisión radica en la solicitud de plaza en la Comunitat Valenciana por primera vez o por cambio de localidad de residencia. Así, se puntuará con 15 puntos por cada uno de los hermanos o hermanas, u otros niños, niñas o adolescentes integrantes de la familia de acogida o guardadora con fines de adopción.

Además, se introduce una novedad en la baremación en cuanto a la simultaneidad con enseñanzas profesionales de música o de danza. De esta forma, el alumnado que curse a la vez enseñanzas regladas de música o de danza y enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato, y que no solicite, o bien no le corresponda, la admisión atendiendo al criterio de prioridad, tendrá 2 puntos.

Los mismos puntos se aplicarán en la baremación del alumnado que acredite la condición de deportista de élite, de alto nivel o de alto rendimiento, así como de personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana, y que no solicite, o bien no le corresponda, la admisión atendiendo al criterio de prioridad.

Por último, los centros podrán valorar con un punto extra las circunstancias específicas, que el conseller ha calificado de «simbólico», y que los que los criterios básicos que prevalecerán serán «la existencia de hermanos en el centro, proximidad al mismo y la renta» y ha asegurado que el cobro de cuotas en centros concertados está prohibida y es solo voluntaria.

Rovira ha informado asimismo de que, tras la aprobación hoy de este decreto por el pleno del Consell, «en breve» se abrirá el proceso de admisión en los centros.

 

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