Consumo

Bizum cambia los pagos máximos permitidos por día y mes

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Cambios en Bizum con respecto a los pagos máximos permitidos por día y mes. La aplicación que permite realizar envíos de dinero sin comisiones a través del teléfono móvil, ha conseguido hacerse un importante hueco en el día a día de millones de consumidores. De hecho, su uso es tan habitual que algunas entidades financieras y el propio programa han optado por modificar sus límites.

Otra consecuencia que busca Bizum con esta reducción en el número de operaciones permitidas es garantizar la seguridad de sus clientes, según han afirmado desde la compañía, aunque los expertos señalan que lo que realmente se pretende es acabar o limitar los pagos «en negro».

¿Qué casos aplican para la declaración de ‘bizums’?

La normativa tributaria vigente en el presente año dicta que existen ciertos casos en los que Hacienda exige declarar los pagos recibidos o realizados a través de Bizum. Los escenarios en cuestión son los siguientes:

  • Si se emplea Bizum a fin de obtener una rentabilidad económica. Por ejemplo, si se usa la plataforma como medio para recibir el pago del alquiler de una vivienda que se tiene arrendada.
  • Si la cifra anual supera los 10.000 euros. A partir de ese elevado umbral, la propia entidad bancaria es la que reporta a Hacienda la información correspondiente. Por ello es imprescindible que en la Declaración de la Renta figure toda la información oportuna.
  • Si se es un autónomo y se emplea Bizum para cobrar ventas o servicios. En esos casos, el ingreso ha de ir acompañado del correspondiente Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

 

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