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Consumo

Bizum cambia los pagos máximos permitidos por día y mes

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Cambios en Bizum con respecto a los pagos máximos permitidos por día y mes. La aplicación que permite realizar envíos de dinero sin comisiones a través del teléfono móvil, ha conseguido hacerse un importante hueco en el día a día de millones de consumidores. De hecho, su uso es tan habitual que algunas entidades financieras y el propio programa han optado por modificar sus límites.

Otra consecuencia que busca Bizum con esta reducción en el número de operaciones permitidas es garantizar la seguridad de sus clientes, según han afirmado desde la compañía, aunque los expertos señalan que lo que realmente se pretende es acabar o limitar los pagos «en negro».

¿Qué casos aplican para la declaración de ‘bizums’?

La normativa tributaria vigente en el presente año dicta que existen ciertos casos en los que Hacienda exige declarar los pagos recibidos o realizados a través de Bizum. Los escenarios en cuestión son los siguientes:

  • Si se emplea Bizum a fin de obtener una rentabilidad económica. Por ejemplo, si se usa la plataforma como medio para recibir el pago del alquiler de una vivienda que se tiene arrendada.
  • Si la cifra anual supera los 10.000 euros. A partir de ese elevado umbral, la propia entidad bancaria es la que reporta a Hacienda la información correspondiente. Por ello es imprescindible que en la Declaración de la Renta figure toda la información oportuna.
  • Si se es un autónomo y se emplea Bizum para cobrar ventas o servicios. En esos casos, el ingreso ha de ir acompañado del correspondiente Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

 

Consumo

La estafa del teléfono 118: esto es lo que te cobran

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La última estafa llega a través de los números de teléfono 118. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado a cuatro sociedades limitadas (Vitbian Telecom, Sponsor Telecom, Información números de teléfono y Teléfono de información al cliente 24 horas) ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Dirección General de Consumo por publicitar o explotar en Google teléfonos que simulan ser los de atención al cliente de la compañía que busca el usuario para derivarle luego mediante engaño a números de regulación especial, mucho más caros, como son  el 11827 y el 11887.  

La estafa del teléfono 118

Los anuncios en Google de las compañías denunciadas simulan ser el de la empresa buscada y no tienen una apariencia sospechosa, pues ofrecen un número de teléfono convencional, pero una vez marcado se indica que para esa gestión hay que llamar al 11827 o al 11887 sin aclarar que no es el número de la empresa que el usuario busca.

Esta segunda llamada ya se factura más cara, porque los números que empiezan por 118 están sujetos a una regulación especial, con una tarifa de hasta 2,5 euros por minuto, más impuestos, y una duración máxima de 10 minutos; sin necesidad de autorización del usuario.

Engaño doble

El engaño es doble. Primero: porque el usuario cree que está hablando con el servicio de atención al cliente de la compañía con la que quiere hablar.

Y segundo: porque lejos de informarle, tratan de alargar la llamada todo lo posible mediante preguntas innecesarias y esperas injustificadas: 10 minutos pueden costar 29 euros.

Hasta 29 euros por llamada

OCU ha recibido quejas de usuarios con facturas de hasta 29 euros por llamada, producto de aplicar el coste 2,5 euros el minuto, más impuestos. En concreto los socios de la organización han denunciado casos relacionados con la búsqueda de información de los autobuses Alsa, de la aseguradora DKV, de UPS, de Iberia, de la propia OCU… pero también con búsquedas como “llamar gratis urgencias” o “llamar gratis bomberos”, donde estos engaños pueden tener consecuencias más graves.

Denunciados por la OCU

Por todo ello, OCU ha presentado denuncia ante la CNMC y Dirección General de Consumo para que se investigue a las empresas que “aparentan” ser otras en las búsquedas por internet y la posterior derivación a los números de tarificación, con el fin de que las investigue y sancione severamente, si procede.

Además, OCU exige que estas numeraciones estén desactivadas siempre por defecto, igual que los servicios de tarificación adicional y pagos a terceros, además de acortar la duración máxima de la llamada, así como que el servicio de progresión de llamada, si se ofrece, sea gratuito y que la comunicación sea bajo la tarifa regular del consumidor.

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