Valencia
Bono Viaje 2024 de la Comunitat Valencia: Qué es y cuándo se puede pedir
Publicado
hace 3 añosen
Turisme abre este martes, 2 de enero, la solicitud de cita previa para una nueva edición del programa Bono Viaje 2024 de la Comunitat Valenciana, que cuenta con dos periodos anuales de disfrute para viajar, del 16 de enero al 3 de junio, excluyendo la Semana Santa, y del 15 de octubre hasta el 22 de diciembre.
La consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, Nuria Montes, ha explicado que el programa Bono Viaje 2024 pretende “favorecer la desestacionalización y el empleo en el sector turístico”, y por ello se han introducido algunas novedades con el objetivo de que “llegue a un mayor número de beneficiarios”.
Además, Montes ha incidido en que estas novedades “han sido consensuadas con todo el sector turístico de la Comunitat Valenciana”, según un comunicado remitido por la Generalitat.
Las principales novedades se centran tanto en el número de pernoctaciones mínimas para disfrutar del bono, en las cantidades subvencionables, además de en los periodos en el que permanecerá activo el programa.
En la edición de 2024, los viajes se harán con un mínimo de tres noches, “porque la intención es favorecer el consumo”, ha explicado Montes. Con respecto a las cantidades subvencionables, se ha establecido en un máximo del 50 % del coste de reserva con una cantidad máxima 350 euros.
Edición Bono Viaje 2024 de la Comunitat Valenciana
¿QUIÉN PUEDE RECIBIR EL BONO VIAJE CV 2024?
Si eres mayor de edad, estás empadronado en la Comunitat Valenciana y estás al corriente de tus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social, puedes beneficiarte de esta ayuda y obtener el 50% de descuento en el coste de tu reserva.
Ten en cuenta que únicamente podrás disfrutar de un Bono Viaje CV en todo el 2024. No podrás obtener otro si ya has usado uno.
¿CUANDO Y CÓMO PUEDO SOLICITAR EL BONO VIAJE CV 2024?
En primer lugar debes pedir cita previa:
Desde las 10 horas del 2 de enero de 2024 hasta las 10 horas del 30 de noviembre de 2024
Entre esas fechas, la solicitud de cita previa está abierta ininterrumpidamente en el siguiente enlace:
No necesitas firma electrónica para pedir la cita previa. Sólo se debe introducir el nombre del solicitante, un correo electrónico y un teléfono de contacto y el sistema adjudicará una cita.
SOLICITA EL BONO
En segundo lugar, una vez tengas día y hora adjudicados, en ese momento puedes tramitar tu solicitud del Bono Viaje. En este trámite sí necesitas la firma electrónica. Si no dispones de ella, puedes pedir a tu agencia de viajes o alojamiento turístico que realice la tramitación por ti.
En la solicitud debes acreditar que estás empadronado en la Comunitat Valenciana como mínimo desde el 2 de enero de 2024.
La tramitación de la solicitud del Bono Viaje SÓLO podrás hacerla en la fecha de tu cita a través de la web del programa:
Después de tramitar la solicitud, Turisme Comunitat Valenciana ha de comprobar que está completa y cumples los requisitos. A medida que se realiza esta comprobación, Turisme CV va distribuyendo bonos a los solicitantes siguiendo el orden de inscripción.

¿CUÁNDO Y CÓMO PUEDO GASTAR EL BONO VIAJE CV 2024?
El bono que recibes en tu correo es un código que debes canjear a la hora de hacer la reserva en tu agencia de viajes o establecimiento hotelero.
La reserva la debes hacer en un plazo máximo de 10 días hábiles porque si no el bono caducará. El plazo de 10 días cuenta a partir del día siguiente al que recibes el bono en tu correo.
Puedes gastar el bono en una reserva para viajar en uno de los siguientes periodos, aquél en el que hayas recibido el código:
- Entre el 16 de enero y el 21 de marzo de 2024
- Entre el 8 de abril y el 3 de junio de 2024
- Entre el 15 de octubre y el 22 de diciembre de 2024

Para beneficiarte del bono debes reservar como mínimo tres noches seguidas.
Si además del alojamiento, se reserva también el servicio de restaurante, como máximo se podrá bonificar el régimen de media pensión. También puedes incluir en la reserva otros servicios de salud y bienestar, aparcamiento, actividades, deportes, excursiones o animación que ofrezca el alojamiento o la agencia de viajes con la que contrates.
Sólo puedes reservar en empresas adheridas al programa Bono Viaje CV. Consulta las empresas donde puedes usar el bono en la web del programa.
Ten en cuenta que la ayuda que recibas, un máximo de 350€, tributa en la Renta como incremento patrimonial.
Más de 41.000 reservas durante 2023
Esta última edición del Bono Viaje 2023, que se inició el 16 de enero y finalizó el pasado 22 de diciembre, ha registrado un total de 41.997 reservas y 54.700 códigos liberados.
En referencia a este balance anual, el importe medio por reserva ha sido de 635 euros, lo que ha permitido movilizar este año 2023 más de 25 millones de euros en el sector turístico de las tres provincias.
Los destinos más solicitados
Los diez destinos más demandados en esta edición han sido Benidorm, Calp, Finestrat, Altea, Peñíscola, València, Alicante, Morella, Elche y Dénia, según las mismas fuentes.
El programa Bono Viaje CV tiene por objetivo incentivar la demanda interna de servicios turísticos prestados en la Comunitat Valenciana, en períodos de estacionalidad, de personas residentes en la Comunitat Valenciana.
El Bono Viaje arranca con 120.000 solicitudes de cita previa en cuatro horas
El programa Bono Viaje 2024, impulsado por Turisme Comunitat Valenciana, ha arrancado este martes con más de 120.000 solicitudes durante las cuatro primeras horas desde el inicio del plazo de la cita previa, requisito imprescindible para solicitar la inscripción en el programa de esta edición.
Los primeros solicitantes que ya disponen de su cita previa deberán inscribirse en el programa según el día y la hora indicada, un proceso que se inicia el próximo 9 de enero, informa la Conselleria de Turismo.
Los primeros Bonos Viaje se repartirán a partir del 15 de enero, y podrán disfrutarse del 16 de enero al 3 de junio, excluyendo la Semana Santa, y del 15 de octubre hasta el 22 de diciembre.
La consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, Nuria Montes, ha señalado que este martes ha dado comienzo la nueva edición del Bono Viaje para el año 2024 con algunas dificultades durante los primeros minutos, por el colapso informático de solicitudes, que han sido resueltas, y el programa funciona correctamente.
Todas las persona empadronadas en la Comunitat Valenciana que deseen disfrutar del programa, creado para la desestacionalización turística, pueden desde hoy solicitar la cita previa para inscribirse y recibir el Bono Viaje.
Montes ha asegurado que el ritmo de peticiones de este año es muy elevado, y en apenas media hora, más de 50.000 personas habían solicitado ya la cita previa; una cifra que ascendió a las más de 100.000 peticiones durante las dos primeras horas desde el inicio del programa y a las más de 120.000 solicitudes hasta las 14.00 horas.
Con estos resultados, la consellera agradece la gran aceptación del programa, que moviliza más de 25 millones de euros en el sector turístico de la Comunitat Valenciana en temporada baja, y prevé que la edición de 2024 será un éxito.
La última edición del Bono Viaje, referente a 2023, registró un total de 41.997 reservas con 54.700 códigos liberados. Los diez destinos más demandados fueron Benidorm, Calp, Finestrat, Altea, Peñíscola, València, Alicante, Morella, Elche y Dénia.
Este año el programa Bono Viaje contempla novedades como que las reservas y las estancias tendrán que ser como mínimo de tres días y que se financiará el 50 % del importe de la reserva efectuada hasta un límite de 350 euros, es decir, reservas de 700 euros como máximo.
Esto hará, ha señalado, que las agencias, los hoteles y los establecimientos de alojamiento sean «especialmente competitivos» a la hora de formular sus ofertas para el programa Bono Viaje 2024.
La responsable de Turismo ha incidido también en que se pretende contribuir a la ruptura de la estacionalidad turística, por ello se concentran los periodos en temporada baja.
Las previsiones apuntan a que la inversión de 12,5 millones de euros en 2024 se va a multiplicar al menos por tres, y se va a superar el número de reservas de años anteriores, según Montes.
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Valencia
Mesa electoral para las elecciones del 29N: cuándo sabrás si te ha tocado y cómo librarte
Publicado
hace 12 horasen
12 octubre, 2026
Los ciudadanos de la Comunitat Valenciana podrán conocer durante los primeros días de noviembre si han sido elegidos para una mesa electoral el 29 de noviembre de 2026. Estos son los plazos del sorteo, las causas legales para presentar alegaciones, las sanciones por no acudir y el dinero que se cobra.
Las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 obligarán a miles de ciudadanos a participar en la organización de la jornada electoral. Tras el anuncio del adelanto electoral y la disolución de las Cortes por parte del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, una de las principales dudas entre los votantes es cuándo se sabrá quién tiene que estar en una mesa electoral el 29N y qué posibilidades existen de quedar exento de esta obligación.
En la Comunitat Valenciana, como en el resto de España, los integrantes de las mesas electorales serán designados mediante un sorteo público organizado por los ayuntamientos. Los ciudadanos seleccionados recibirán una notificación oficial en su domicilio y tendrán un plazo limitado para presentar alegaciones si existe alguna circunstancia que les impida cumplir con esta responsabilidad.
La legislación electoral contempla diferentes motivos de exención relacionados con la salud, la situación familiar o determinadas obligaciones profesionales. Sin embargo, no acudir a una mesa electoral sin una causa justificada puede tener consecuencias penales, incluidas multas e incluso penas de prisión.
¿Cuándo sabré si me ha tocado mesa electoral en las elecciones del 29 de noviembre?
Una de las preguntas más frecuentes ante las elecciones del 29N es cuándo se comunica oficialmente a los ciudadanos que han sido seleccionados para formar parte de una mesa electoral.
De acuerdo con el calendario previsto, los sorteos para elegir a los presidentes, vocales y suplentes se celebrarán entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre de 2026.
La normativa establece que los nombramientos deben notificarse en un plazo de tres días desde la celebración del sorteo.
Por tanto, las comunicaciones se esperan principalmente entre el 3 y el 7 de noviembre, aunque la fecha concreta dependerá del día en que cada ayuntamiento realice el procedimiento y de la entrega efectiva de las notificaciones.
Fechas clave de las mesas electorales del 29N
| 31 de octubre al 4 de noviembre | Sorteos de las mesas electorales |
| 3 al 7 de noviembre | Periodo orientativo de notificaciones |
| 7 días desde la notificación | Plazo para presentar alegaciones |
| 29 de noviembre, 8:00 horas | Presentación de titulares y suplentes |
¿Cómo te avisan si has sido elegido para una mesa electoral?
Las personas seleccionadas recibirán una notificación oficial en su domicilio, que podrá ser entregada mediante correo certificado o por los servicios encargados de practicar estas comunicaciones.
La citación incluirá información sobre el colegio electoral, la mesa asignada y el cargo que deberá desempeñar el ciudadano, ya sea como presidente, vocal o suplente.
También se facilitará un manual de instrucciones con las principales funciones y responsabilidades durante la jornada electoral.
Es importante recordar que no recibir la carta en los primeros días de noviembre no garantiza que una persona haya quedado fuera del sorteo. La fecha de comunicación puede variar según el municipio.
¿Quién puede ser elegido para una mesa electoral el 29N?
La composición de las mesas electorales está regulada por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
Cada mesa está integrada por tres miembros titulares:
-
Un presidente.
-
Dos vocales.
-
Dos suplentes por cada uno de los tres cargos, es decir, seis suplentes en total.
La elección se realiza por sorteo público entre las personas inscritas en el censo de la mesa correspondiente que cumplan los requisitos legales.
Requisitos de edad y estudios para formar parte de una mesa electoral
Para participar en el sorteo es necesario tener entre 18 y 69 años, saber leer y escribir y cumplir las condiciones establecidas por la legislación electoral.
Existe, además, una particularidad para quienes tengan entre 65 y 69 años: pueden manifestar su renuncia en el plazo de siete días desde que reciben la notificación.
En el caso del presidente de la mesa, la normativa exige disponer del título de bachiller o de Formación Profesional de segundo grado, o subsidiariamente del graduado escolar o equivalente.
¿Los suplentes también tienen que acudir al colegio electoral?
Sí. Una de las dudas más habituales es si los suplentes están obligados a presentarse el día de las elecciones.
La respuesta es afirmativa. Tanto los titulares como los suplentes deben acudir al colegio electoral a las 8:00 horas del domingo 29 de noviembre.
Una vez comprobada la presencia de los titulares y constituida correctamente la mesa, los suplentes que no sean necesarios podrán abandonar el colegio electoral.
Hasta ese momento, su presencia es obligatoria.
Cómo librarse de una mesa electoral: motivos legales para presentar alegaciones
Ser elegido para una mesa electoral constituye una obligación legal. Sin embargo, existen circunstancias que permiten solicitar una exención.
La Junta Electoral de Zona es el organismo encargado de estudiar las alegaciones y decidir si los motivos presentados justifican que una persona no participe en la mesa.
No basta con comunicar que no se desea acudir: es necesario presentar una causa válida y, cuando corresponda, documentación que la acredite.
Motivos de salud que permiten solicitar la exención
Entre las circunstancias médicas que pueden justificar una solicitud figuran:
-
Enfermedades o limitaciones que impidan desarrollar adecuadamente las funciones de la mesa.
-
Situaciones de incapacidad o discapacidad contempladas por la normativa.
-
Intervenciones quirúrgicas programadas que no puedan aplazarse.
-
Pruebas médicas relevantes cuya realización resulte incompatible con la jornada electoral.
-
Determinadas situaciones de embarazo o baja médica.
La aceptación dependerá de las circunstancias concretas y de los criterios aplicables en cada caso.
Motivos familiares para no acudir a una mesa electoral
Las responsabilidades familiares también pueden justificar una exención cuando concurren los requisitos establecidos.
Entre las situaciones previstas se encuentran determinadas circunstancias relacionadas con la maternidad, el embarazo, la lactancia o el cuidado de personas dependientes.
También pueden valorarse las obligaciones de atención a familiares que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, necesiten asistencia.
En estos supuestos resulta fundamental acreditar que la situación familiar impide cumplir con las obligaciones de la mesa electoral.
¿Trabajar el día de las elecciones permite librarse de la mesa?
Tener que trabajar el domingo 29 de noviembre no supone, por sí solo, una causa automática de exención.
No obstante, la normativa contempla determinados supuestos profesionales, especialmente cuando la ausencia del trabajador puede afectar a servicios esenciales.
Entre ellos pueden encontrarse profesionales sanitarios, bomberos, integrantes de servicios de emergencias y Protección Civil.
También existen circunstancias específicas para periodistas y profesionales de los medios de comunicación que deban cubrir la jornada electoral, siempre que se cumplan los requisitos previstos.
En cualquier caso, corresponde a la Junta Electoral de Zona valorar las solicitudes.
¿Cuántos días tengo para presentar una excusa si me toca mesa electoral?
Los ciudadanos seleccionados disponen de siete días desde la recepción de la notificación para presentar sus alegaciones ante la Junta Electoral de Zona.
La solicitud deberá explicar el motivo por el que no pueden participar en la mesa y acompañarse de los documentos justificativos correspondientes.
La Junta Electoral dispone de cinco días para resolver las alegaciones presentadas.
Si la petición es aceptada, se procederá a cubrir el puesto conforme a los mecanismos de sustitución establecidos.
¿Qué ocurre si surge un imprevisto justo antes de las elecciones?
También puede ocurrir que una persona inicialmente disponible sufra una enfermedad, un accidente o una circunstancia sobrevenida pocos días antes de las elecciones.
En estos casos, debe comunicarlo a la Junta Electoral de Zona al menos 72 horas antes de la votación, siempre que sea posible.
Si el impedimento aparece después de ese plazo, tendrá que avisar inmediatamente y, en todo caso, antes de la constitución de la mesa.
Multas por no presentarse a una mesa electoral el 29 de noviembre
No acudir a una mesa electoral sin una causa legítima puede constituir un delito electoral.
El artículo 143 de la LOREG establece consecuencias penales para los presidentes, vocales y suplentes que no comparezcan, abandonen sus funciones sin justificación o incumplan determinadas obligaciones legales.
Las sanciones previstas son:
-
Penas de prisión de tres meses a un año.
-
Multas penales de seis a veinticuatro meses.
Estas multas no equivalen a una cantidad económica fija, ya que su importe depende de la cuota diaria que determine el órgano judicial.
Por tanto, quienes reciban una citación deben atenderla y utilizar los procedimientos legales si consideran que existe una causa que justifique su ausencia.
¿Cuánto se cobra por estar en una mesa electoral en las elecciones del 29N?
Participar como presidente o vocal de una mesa electoral conlleva una compensación económica.
Según la cuantía indicada para estos comicios, la dieta prevista es de 75 euros por miembro titular.
Esta cantidad corresponde a la participación en la jornada electoral y se abona a quienes efectivamente desempeñan las funciones de presidente o vocal.
Los suplentes que acuden al colegio electoral pero no llegan a sustituir a ningún titular no tienen derecho a percibir la dieta.
¿Se tiene derecho a un permiso laboral por estar en una mesa electoral?
Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios designados como miembros de una mesa electoral tienen derecho a un permiso retribuido durante la jornada de votación si ese día les corresponde trabajar.
Además, tienen derecho a una reducción de cinco horas en su jornada laboral del día inmediatamente posterior a las elecciones, conforme a las condiciones legales aplicables.
Estas medidas buscan facilitar el cumplimiento de una obligación que puede prolongarse hasta la noche, una vez finalizados el escrutinio y las tareas de documentación electoral.
¿Puedo librarme de la mesa electoral si he solicitado el voto por correo?
No. Solicitar el voto por correo no impide ser seleccionado para una mesa electoral.
El sorteo se realiza entre las personas inscritas en el censo electoral que cumplen los requisitos establecidos, independientemente de que hayan solicitado votar presencialmente o por correspondencia.
Por tanto, una persona que tenga previsto viajar, pasar el fin de semana fuera de su localidad o encontrarse en otro municipio puede recibir igualmente una citación.
Si existe un desplazamiento previamente contratado o una circunstancia que impida acudir, deberá presentar la correspondiente alegación y justificarla documentalmente.
La Junta Electoral será la encargada de determinar si procede aceptar la solicitud.
Cómo saber si te ha tocado mesa electoral en Valencia, Alicante o Castellón
Los procedimientos para designar a los integrantes de las mesas electorales son comunes en toda España, aunque cada ayuntamiento organiza el sorteo correspondiente a su municipio.
Por ello, los ciudadanos de Valencia, Alicante y Castellón, así como del resto de localidades de la Comunitat Valenciana, deberán estar pendientes de las comunicaciones oficiales durante los primeros días de noviembre.
Algunos ayuntamientos pueden facilitar información sobre la celebración de los sorteos o habilitar mecanismos de consulta, pero la designación debe notificarse formalmente a las personas seleccionadas.
La recomendación es prestar atención a las notificaciones recibidas en el domicilio y no dejar pasar el plazo de siete días para presentar alegaciones si existe algún impedimento.
Con las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 cada vez más cerca, conocer estos plazos resulta esencial para quienes puedan resultar elegidos como presidentes, vocales o suplentes de una mesa electoral.
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