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Educación abre el plazo de solicitud de becas de comedor y transporte escolar con novedades

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La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana las convocatorias de ayudas para comedor y transporte escolar para el curso 2017-2018.

Así, Educación destinará para el próximo curso escolar un total de 63.843.000 euros en concepto de ayudas de comedor escolar y 1.633.510 euros para ayudas individuales de transporte. Cabe recordar que, además, la administración educativa asume el coste del transporte colectivo del que anualmente se benefician alrededor de 60.000 alumnos.

Como principal novedad, la conselleria incluye como beneficiario directo de comedor escolar al alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil beneficiario de la beca de transporte escolar.

Asimismo, para el próximo curso, el modelo de solicitud de ambas convocatorias y el procedimiento para su tramitación será único, iniciándose el plazo para su presentación a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGV.

Además, este año, por primera vez, Educación ha previsto elaborar un borrador de solicitud de ayudas con los datos que obran en poder de la Administración, para las familias que mantengan las mismas condiciones que el curso anterior. De esta manera, tan sólo se tendrá que confirmar el borrador de solicitud a partir del 1 de junio, en el centro donde tengan escolarizados a sus hijos.

Ayudas de comedor

Estas ayudas permiten sufragar, durante el curso 2017-2018, el total o una parte del coste del servicio de comedor escolar del alumnado escolarizado en centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat, privados concertados o de titularidad pública diferente de la Generalitat que disponen de este servicio complementario.

Puede ser beneficiario de las ayudas el alumnado escolarizado en centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat dependientes de la consellería con competencias en materia de educación, y al alumnado escolarizado en centros privados concertados o centros de titularidad pública diferente de la Generalitat, que disponen del servicio de comedor escolar, en niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.

Asimismo, se beneficiará el alumnado de los centros específicos de educación especial de titularidad de la Generalitat, y el alumnado de tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo de los centros que participan en el proyecto experimental de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en colegios de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat.

La resolución establece el umbral máximo de renta para poder solicitar las ayudas, que para una familia de cuatro miembros queda establecido en 38.831 euros anuales, teniendo en cuenta la renta de 2016.

En cuanto a la cuantía de la ayudas, el alumnado beneficiario percibirá hasta 4,25 euros diarios en el caso de que curse Educación Infantil, Educación Primaria y ESO, hasta 5,44 euros en el caso de alumnado de Educación Especial y hasta 12,25 euros para escolarizados en escuelas-hogar.

Se considerará beneficiario directo de la ayuda, y por lo tanto recibirá el importe máximo, por primera vez el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil, así como el de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria que sea beneficiario del transporte escolar colectivo y que haga un uso habitual, o de una ayuda individual de transporte, en ambos casos por el hecho de residir en un municipio diferente de aquel en que se encuentre el centro educativo en que esté escolarizado.

El alumnado escolarizado en centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat o en aulas específicas de educación especial en centros ordinarios de titularidad de la Generalitat, privados concertados o de titularidad pública diferente de la Generalitat; así como aquellos que se encuentren en situación de acogida familiar o residencial, así como los hijos o las hijas de familias acogedoras; los hijos y las hijas de víctimas de violencia de género, y las víctimas del terrorismo.

Ayudas de transporte

Podrá ser beneficiario del servicio escolar complementario de transporte el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria cuando haya sido escolarizado en un centro de un municipio diferente al de su residencia por no existir en ésta oferta educativa. A efectos de transporte escolar, se considerará municipio distinto los núcleos de población o núcleos diseminados, separados territorialmente del municipio al que pertenezca dicho núcleo, siempre que se trate de núcleos con una identidad histórica y cultural fácilmente reconocible e independiente del resto del municipio al que pertenecen y, además, se encuentren separados de cualquier otro núcleo de población del municipio por una franja de suelo no urbanizable, y que dicho núcleo no cuente con centro educativo. En ningún caso tendrán esta consideración las urbanizaciones o núcleos de población de características similares.

Asimismo, será beneficiario el alumnado escolarizado en centros o aulas específicas de Educación Especial, y el alumnado de Educación Infantil de segundo ciclo, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria cuyo domicilio habitual, debidamente acreditado, esté a una distancia igual o superior a 3 km del centro educativo en que esté escolarizado siguiendo la trayectoria de menor distancia accesible y segura. Con carácter excepcional y, con un informe previo motivado de la dirección territorial competente en materia de educación, se podrán tener en cuenta aquellas zonas en que el acceso al centro docente sea dificultoso a causa de la orografía del terreno, de la peligrosidad de las vías o del tiempo de acceso.

Además, con carácter excepcional se podrá autorizar para el uso del servicio de transporte escolar al alumnado con dificultades especiales de acceso al centro docente y que no cumpla los requisitos para ser beneficiario del transporte escolar, y el alumnado de otros niveles de enseñanza reglada y en especial aquellos que residan en zonas rurales que no dispongan de servicio público de transporte regular que pueda atender las necesidades del alumnado.

En cuanto a las ayudas individuales de transporte escolar, hay que señalar que se otorgan a aquel alumnado que no dispone de líneas de transporte escolar colectivo. La cantidad económica otorgada a los beneficiarios se establece por la distancia entre el lugar de origen del alumnado y los centros escolares. Así, la cantidad máxima es de 797,07 euros para el alumnado que se encuentra a más de 20 kilómetros del centro escolar y la mínima es de 340,02 euros para el alumnado que se encuentra a menos de 6 kilómetros.

salacadula

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Covid: Suben los casos tras los últimos puentes festivos

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Datos Covid España
EFE

La incidencia de infecciones respiratorias agudas (IRA) por covid en la Comunitat Valenciana casi se ha triplicado en la última semana hasta llegar a los 34,7 casos por cada cien mil personas, frente a los 11,8 casos de la semana anterior.

A ese incremento pueden haber ayudado las reuniones sociales durante los últimos puentes festivos pero que no conllevan «un especial riesgo para la población general», señala a EFE el epidemiólogo e investigador de la Fundación de Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunidad Valenciana (Fisabio) Salvador Peiró, quien indica que la covid «no parece mostrar, de momento, un comportamiento estacional».

Baja la incidencia de IRA

La incidencia de Infecciones Respiratorias Agudas (IRA) -por covid, gripe y VRS- en la Comunitat Valenciana ha disminuido en la última semana y se sitúa en 666,7 casos por cada cien mil habitantes (477,1 de media nacional), frente a los 737,4 de la semana anterior (400,8 de media).

Así lo indica el último Boletín del Sistema de Vigilancia de Infecciones Respiratorias Agudas (IRA) de la Comunitat Valenciana (SIVIRA CV), que recoge la incidencia de IRA por covid, gripe y virus respiratorio sincitial (VRS) de la semana 20 de 2024 (del 13 al 19 de mayo).

En el caso de la incidencia de IRA grave en los hospitales valencianos, que en la semana del 6 al 12 de mayo se situaba en 17,1 casos por cada cien mil habitantes (12,3 a nivel nacional), una semana después ha bajado en la Comunitat Valenciana a 15,2 casos pero ha subido a nivel nacional hasta 15 casos. «No parece que cause una especial presión hospitalaria», señala Salvador Peiró.

Las personas más afectadas por la IRA grave en los hospitales son los mayores de 80 años, con 100,7 casos por cada cien mil personas en la última semana (130,1 casos la semana anterior), y también los menores de 4 años con una incidencia de 10,7 casos en la semana 20 (15,3 casos en la semana 19).

En el caso de IRA por covid, la incidencia casi se ha triplicado hasta situarse en 34,7 casos por cada cien mil habitantes, frente a los 11,8 casos de la semana anterior. Respecto a la gripe, en la semana 20 se sitúa en 6 casos por cada cien mil habitantes (5,9 casos una semana antes).

La incidencia de IRA por el VRS ha bajado ligeramente en la semana 20 de este año hasta situarse en 6,7 casos por cada cien mil personas, mientra que una semana antes eran 7,4 casos.

Los grupos de edad más afectados son los de menores de 4 años, en los que la incidencia en última semana ha sido de 2.278 casos por cada cien mil habitantes, frente a los 2.501,2 de la semana anterior; y los de más de 65 años, en los que la incidencia fue de 601,7 casos en la semana 20 (641 casos una semana antes).

La mayoría de cuadros son menores en la actualidad

Salvador Peiró asegura a EFE que en ese incremento supone que «habrán ayudado» las reuniones sociales de los últimos puentes festivos, pero añade que la situación actual «no conlleva un especial riesgo para la población general».

«La covid no parece mostrar, de momento, un comportamiento estacional (en invierno)», indica Peiró, para quien esto tiene su explicación en la distancia desde la ‘ola’ previa y las campañas de vacunación, ya que la «protección» frente a la infección -bien por haber sufrido la covid o bien por la vacunación-, dura alrededor de cinco o seis meses, y al cabo de ese tiempo «volvemos a ser susceptibles».

Según Peiró, la protección frente a infección grave y que requiera hospitalización «se mantiene bastante bien, lo que explica que actualmente la mayoría de los cuadros sean menores».

Añade a EFE que cuando las variantes dominantes en una temporada tienen dificultades para transmitirse -porque hay mucha población inmunizada por las infecciones previas o vacunas-, son sustituidas por nuevas variantes que evaden mejor la capacidad de nuestros anticuerpos para evitar la infección (no la enfermedad grave).

Considera que en los últimos puentes festivos, los comportamientos humanos como reuniones más o menos masivas, especialmente en espacios cerrados, así como la movilidad humana que traslada el SARS-CoV-2 de unos lugares a otros «habrán ayudado» a ese incremento.

Peiró aconseja que, como siempre, y como con cualquier otra enfermedad de transmisión respiratoria, «conviene no reunirse con personas especialmente susceptibles a desarrollar enfermedad grave» como personas muy mayores, inmunodeprimidos o trasplantados de algún tipo.

En la situación actual, «en la medida que ya no utilizamos el aislamiento no es necesario hacer pruebas. Nos da lo mismo que sea Covid u otra cosa (salvo en algunos casos muy concretos de personas vulnerables en los que puede emplearse algún tratamiento si se trata de Covid-19) y, en la mayoría de casos, ni siquiera es necesario ir al médico», resalta el epidemiólogo.

 

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