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Valencia

Estas han sido las primeras medidas de Catalá tras un mes como alcaldesa

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AJUNTAMENT DE VALÈNCIA

El portavoz del nuevo gobierno municipal, Juan Carlos Caballero, ha hecho balance de las primeras medidas de Catalá como alcaldesa,  los treinta primeros días desde la constitución de la nueva corporación surgida de las elecciones municipales del 28 de mayo.

Caballero ha destacado que “para María José Catalá, era importante conformar un gobierno ágil, alejado del ruido y centrado en resolver los problemas de los ciudadanos y esto es lo que estamos haciendo desde el primer día. Estos treinta primeros días de gobierno pueden resumirse en sentido común, empatía y gestión”.

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Bajada de impuestos

El portavoz del gobierno municipal ha destacado las medidas que, en materia de impuestos, ha tomado el equipo de gobierno.

Así, según Caballero, “las primeras medidas han consistido en materializar los compromisos adquiridos con los ciudadanos y, por eso, hemos comenzado los trámites para bajar los impuestos y las tasas, un alivio fiscal de 71 millones de euros para todas las familias que entrará en vigor el uno de enero de 2024, con la rebaja del IBI del 20%, con la ampliación de la bonificación a familias numerosas al 60% y hasta el 90% a familias de categoría especial, con la ampliación de la bonificación de la plusvalía para los casos de herencias y transmisiones inter vivos de negocios o comercios entre familiares de hasta un 95%. También con la rebaja de hasta un 8% del impuesto de vehículos de tracción mecánica y la tasa de alcantarillado”.

Limpieza de la ciudad

Otro tema destacado por Caballero ha sido la limpieza puesto que, según ha afirmado, “para este ayuntamiento y para la alcaldesa también era una prioridad que las calles de València vuelvan a estar limpios. Por eso, hemos puesto un marcha un plan de choque de limpieza con más de 1.800.000 euros en los seis meses de duración de este plan con el aumento de 300.000 euros de la dotación mensual que se destinaba a la limpieza de esta ciudad. Esto supone 65 personas más trabajando de lunes a sábado, más operarios para duplicar la frecuencia de barrido duplicando el baldeo con camiones cuba, limpiaaceras y furgonetas de hipopresión e incrementar la limpieza intensiva en las islas de contenedores y de recogida de residuos depositados indebidamente fuera de los contenedores”.

Servicios públicos

Juan Carlos Caballero ha resaltado que el gobierno local constituido hoy hace un mes también ha reforzado las plantillas de Bomberos y de la Policía Local. “Hemos unificado convocatorias de oposiciones para agilizar los trámites y para que València cuente, lo más pronto posible, con 77 nuevos bomberos y 107 policías más en las calles de la ciudad”.

En su enumeración, el portavoz del ejecutivo local también ha aludido a las “medidas urgentes” adoptadas respecto a la gestión del Padrón Municipal, “ya no vemos las largas colas al sol, como se veía antes”. “Y es que la solución no dependía de repartir paraguas, sino por ser empáticos y repartir recursos”, ha apuntado. En relación a esta cuestión, el edil ha detallado que, este mes, el Ayuntamiento ha ampliado el número de dependencias destinadas a la gestión del padrón.

“Ahora los trámites pueden realizarse en las juntas de distrito de Exposición, Patraix y Abastos. Y en el distrito de Russafa se podrán hacer cuando finalicen las obras de las instalaciones. Igualmente, hemos incrementado en una decena los recursos humanos destinados a la gestión del padrón”, ha añadido.

Por otro lado, Caballero ha celebrado que “València volverá a tener la denominación bilingüe, en valenciano y en castellano, y la Real Senyera volverá a entrar en la Catedral para participar en el tradicional Te Deum”.

Puente de las Flores Rita Barberá

En cuanto a otras cuestiones, el concejal también ha querido referirse a los trámites iniciados para rotular el Puente de las Flores con el nombre de la exalcaldesa de València, Rita Barberá, “quien, además, será nombrada alcaldesa honoraria de la ciudad por su trabajo”, que, según ha dicho, “transformó València de norte a sur, y por ser una mujer valiente y trabajadora que rompió techos de cristal en sus 24 años como alcaldesa”.

Finalmente, Caballero ha hablado de la “obstinación del actual equipo de gobierno por dignificar los mercados municipales ofreciéndoles más recursos e impulsando reformas”. En este sentido, el concejal ha añadido que “ya hemos iniciado los trámites para suprimir la Tira de Comptar, defendiendo la igualdad de trato de los vendedores, sin competencia desleal y, a la vez, hemos puesto en marcha la reparación del Mercado de Rojas Clemente, que hace dos años que está apuntalado, y la cubierta del Mercado Central, intervenciones que se enmarcarán dentro de un plan integral para revitalizar estos espacios”.

 

 

 

 

 

 

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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