ESPECIALES
El TSJ de Madrid da la razón a Ayuso y habrá elecciones el 4 de mayo
Publicado
hace 6 añosen
Los magistrados han tomado la decisión de rechazar la medida cautelar solicitada tras examinar el requisito de apariencia de buen derecho que subyace en la pretensión del recurso presentado
La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha desestimado la medida cautelar de suspensión instada por los letrados de la Asamblea de Madrid respecto del Decreto 15/2021, de 10 de marzo, de la presidenta de la Comunidad, de disolución de la Asamblea y de convocatoria de elecciones. Los magistrados han tomado la decisión de rechazar la medida cautelar solicitada tras examinar el requisito de apariencia de buen derecho que subyace en la pretensión del recurso presentado. “La interpretación sistemática, literal y lógica de los preceptos estatutario y legal reproducidos -avanza la resolución-, nos permite identificar desde ahora, no cuál es el interés que ha de prevalecer por su relevancia, sino el que, en la igualdad de condiciones que aquí se da, debe ser protegido porque podría quedar definitivamente afectado, o, mejor dicho, suprimido, en caso de aceptarse la tesis de la parte actora y de acordarse la medida cautelar solicitada”.
La resolución estima que “la interpretación literal de lo dispuesto en el artículo 21 del Estatuto de Autonomía y en el artículo 1.1 de la Ley 5/1990 nos lleva a afirmar que lo que la facultad concedida a la Presidencia de la Comunidad de Madrid le permite realizar es, sin paliativos y por más que esté obligada a hacerlo mediante un decreto y con los demás requisitos, “acordar” la disolución anticipada de la Asamblea de Madrid”.“Por tanto, debe entenderse que tal facultad queda válidamente ejercitada desde el momento en que firma el Decreto de Disolución y convocatoria de elecciones, y sin perjuicio de que la eficacia de esta convocatoria electoral se despliegue una vez publicado el repetido Decreto en el Boletín Oficial”, añade el auto.
“Ejercitada así por la Presidencia de la Comunidad de Madrid tal facultad estatutaria de disolución anticipada de la Asamblea de Madrid -cumpliendo las exigencias impuestas legal y estatutariamente para la adopción de tal acuerdo-, la validez y eficacia del correspondiente decreto no pueden verse comprometidas por la presentación ulterior de una o varias mociones de censura”. “Sostener lo contrario dejaría, eventualmente, a la mera voluntad del número de diputados que ostentaran la representación exigida para presentar una moción de censura -15 por 100- el eficaz ejercicio de aquella potestad, bastando con presentarla con posterioridad a la adopción del acuerdo de disolución para privarle de virtualidad alguna”.
“En efecto, el Decreto de la Presidenta acuerda, por un lado, la disolución anticipada de la Asamblea y, por otro, la convocatoria de elecciones, con indicación de la fecha de las mismas, debiendo publicarse tal convocatoria electoral en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid al día siguiente de su expedición, fecha en la que tal convocatoria entra en vigor, adquiriendo así la debida publicidad y dándose comienzo al procedimiento electoral y sus sucesivos trámites. Se diferencian, de este modo, con claridad dos decisiones distintas en una misma resolución, de las que sólo la convocatoria electoral ve demorada su eficacia hasta el día de su publicación, la primera con un claro contenido político y ésta última de carácter reglado”.
“En consecuencia, la prohibición que se deriva del apartado 2 del artículo 1 estudiado ahora (“No podrá acordarse”) ha de interpretarse del modo ya expuesto, desplegando sus efectos si, cuando en el momento de firmar el Decreto, se encuentra en tramitación una moción de censura”. “Una interpretación meramente literal que, prima facie, permite concluir que, en el caso que aquí nos ocupa, firmado el Decreto por la Presidenta de la Comunidad de Madrid, conteniendo todos los requisitos exigibles por la normativa electoral autonómica, a las doce horas y veinticinco minutos (12:25) del día 10 de marzo de 2021, ninguna prohibición podría concurrir no sólo porque en esa fecha y hora no estaba en trámite ninguna moción de censura sino, más aún, porque las dos que se presentaron lo fueron posteriormente, a las trece horas y tres minutos (13:03), la primera, y a las trece horas y siete minutos (13:07), la segunda, como acreditan los documentos aportados por la propia parte actora”.
“Por último, y no por ello con una relevancia menor que lo ya razonado, la interpretación lógica de este último precepto (artículo 1 de la Ley 5/1990) es la que permite excluir una interpretación contraria a la literal que hemos explicado. Y es que no hace falta un gran esfuerzo argumental para razonar que, de interpretar los términos “acordar” y “acordarse” en sentido no literal y actual sino, como parece sostener la parte actora, con eficacia diferida al momento de publicación del Decreto firmado, el resultado sería que el ejercicio de tal facultad podría siempre quedar neutralizado, como se apuntó anteriormente, por la presentación de una moción de censura antes de la publicación del Decreto de disolución.
“Repárese en que el Decreto en que se acordó la disolución anticipada de la Asamblea y la convocatoria electoral debía publicarse al día siguiente de su expedición, según dispone el artículo 42.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, por lo que es natural que entre aquél y su publicación transcurra tiempo suficiente para posibilitar la presentación de una o varias mociones de censura”.
En definitiva –concluye la resolución-, con carácter provisional y sin prejuzgar el fondo del asunto objeto de enjuiciamiento en la sentencia definitiva, cabe afirmar que la parte recurrente sustenta su pretensión en una interpretación de la normativa expuesta que supone, de facto, vaciar de contenido la facultad de disolución anticipada de la Asamblea conferida por el Estatuto de Autonomía a la Presidencia de la Comunidad de Madrid”.
“Todo lo anterior conduce a la denegación de la medida cautelar como resultado de la apreciación del periculum in mora y la ponderación de los intereses en conflicto, a través de un fumus que resulta contrario a las tesis sustentadas por la parte actora, que debilita la procedencia de la adopción de la medida cautelar suspensiva solicitada y favorece la ejecutividad inherente al Decreto recurrido, por un lado, y que nos obliga, no a dar prevalencia a un interés general sobre otro, sino a proteger el que, prima facie, aparece más necesitado de protección teniendo en cuenta que en él se encierra el legítimo ejercicio de una facultad constitucionalmente reconocida, como es la disolución anticipada del órgano legislativo y la convocatoria de elecciones”.
«Y ello teniendo en cuenta que ese interés protegido no sólo alcanza al Poder Ejecutivo de esta Comunidad Autónoma sino, de modo, si cabe, más relevante, a los ciudadanos de la misma y en los que reside, a su vez, la soberanía nacional. No en vano expresa la Exposición de Motivos de la ya citada Ley 5/1990, de 17 de mayo, que, en los sistemas constitucionales y democráticos de nuestro entorno, en situaciones de grave conflicto institucional, tales circunstancias “tienen en la disolución anticipada del Parlamento el remedio adecuado que, permitiendo salvaguardar la independencia del ejecutivo frente al legislativo, remite al cuerpo electoral la solución”.
“Finalmente, respecto a la alegación formulada por los Letrados de la Asamblea de Madrid –dicen los magistrados-, acerca de la posible vulneración del derecho fundamental de los Diputados autonómicos reconocido en el artículo 23 de la Constitución, resuelto ya que la medida cautelar de suspensión será denegada, bastará con que nos remitamos a las palabras del Tribunal Constitucional en STC 89/2019, de 2 de julio: “…, los derechos de los miembros de la cámara cuya disolución anticipada se previó y los de la ciudadanía por ellos representada (art. 23.1 y 2 CE) no resultaron dañados, como no lo son nunca por la aplicación de las reglas, constitucionales y estatutarias, que apoderan para la convocatoria de elecciones antes de que llegue a término una legislatura”.
En conclusión, “por todo lo hasta aquí expuesto y razonado, procede denegar la medida cautelarísisma y cautelar solicitada”.
Esta decisión es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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Aemet pone fecha al cambio de tiempo en Valencia: esto es lo que pasará con las lluvias
Publicado
hace 2 díasen
18 septiembre, 2026
Sigue a diario la previsión del tiempo en Valencia:
¿Hasta cuándo va a llover en Valencia? Es una de las preguntas que más se repiten después del fuerte temporal que ha afectado a la provincia de Valencia y que ha dejado precipitaciones superiores a los 100 litros por metro cuadrado en algunas localidades, además de cientos de incidencias.
Después de una tarde y una noche especialmente complicadas, la situación meteorológica comienza a evolucionar. Las lluvias y tormentas no desaparecen inmediatamente de la Comunitat Valenciana, aunque la previsión apunta a una progresiva mejoría durante los próximos días.
La Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) mantiene para este jueves 17 de septiembre el riesgo de precipitaciones especialmente intensas en el sur de la Comunitat Valenciana. La mayor inestabilidad se desplaza hacia Alicante y el litoral sur de Valencia, donde todavía pueden registrarse chubascos fuertes o muy fuertes.
La situación irá perdiendo intensidad posteriormente. El viernes todavía existe posibilidad de precipitaciones y el sábado podrían producirse algunos chubascos, especialmente en la mitad sur. Para el domingo, en cambio, la previsión meteorológica apunta ya hacia un escenario mucho más estable.
¿Hasta cuándo va a llover en Valencia?
La previsión del tiempo para los próximos días indica que las lluvias pueden continuar hasta el sábado en diferentes puntos de la Comunitat Valenciana, aunque con una intensidad considerablemente menor que la registrada durante el temporal.
El cambio más importante llegará a medida que avance el jueves. Las precipitaciones más intensas tenderán a remitir y durante el viernes los chubascos serán, en términos generales, débiles.
Todavía habrá que prestar atención al litoral sur, donde las precipitaciones podrían presentar puntualmente mayor intensidad.
El sábado quedará cierta inestabilidad, fundamentalmente en la mitad sur de la Comunitat Valenciana.
Será el domingo cuando las lluvias desaparezcan de forma generalizada, según la previsión disponible.
Por tanto, la respuesta a cuándo dejará de llover en Valencia es progresiva: el episodio más adverso pierde fuerza desde este jueves, todavía pueden aparecer precipitaciones viernes y sábado y el domingo se espera una clara mejoría.
El tiempo en Valencia hoy jueves 17 de septiembre
La jornada de este jueves 17 de septiembre seguirá marcada por la inestabilidad meteorológica.
Aemet prevé cielos muy nubosos o cubiertos y la aparición de chubascos y tormentas desde primeras horas del día.
La situación más complicada se concentra en la mitad sur de la Comunitat Valenciana y especialmente en las zonas costeras, donde las precipitaciones pueden ser muy fuertes y persistentes.
La previsión mejora conforme avance la jornada y las lluvias tenderán a remitir durante las últimas horas del jueves.
También se espera un descenso de las temperaturas. Las mínimas bajarán ligeramente, mientras que las máximas experimentarán un descenso más generalizado y especialmente acusado en Valencia y en el extremo norte de Alicante.
En el litoral puede soplar viento moderado del nordeste, disminuyendo durante la segunda mitad de la jornada, excepto en el tercio sur.
Aviso naranja por lluvias en Valencia y Alicante
La situación todavía requiere especial atención durante las primeras horas del jueves.
Aemet mantiene hasta las 15:00 horas el aviso naranja en el litoral de Alicante y el litoral sur de Valencia debido al riesgo de precipitaciones de elevada intensidad.
Las cantidades previstas pueden alcanzar hasta 120 litros por metro cuadrado en dos o tres horas, mientras que puntualmente podrían acumularse alrededor de 60 litros por metro cuadrado en solo una hora.
Después de las 15:00 horas está previsto que el nivel de riesgo disminuya.
El aviso pasará a amarillo hasta aproximadamente las 20:00 horas en estas mismas zonas. Durante ese periodo todavía podrían acumularse alrededor de 30 litros por metro cuadrado en una hora.
Además, las tormentas pueden estar acompañadas de granizo de hasta dos centímetros.
El tiempo en Valencia mañana viernes: continúan las lluvias
La previsión meteorológica para el viernes 18 de septiembre muestra una mejoría importante respecto a las jornadas anteriores.
No habrá avisos meteorológicos activos, aunque esto no significa que las precipitaciones desaparezcan completamente.
Aemet espera inicialmente cielos nubosos que evolucionarán hacia intervalos nubosos durante la tarde.
Todavía son probables algunas lluvias.
En general serán débiles, aunque durante la primera mitad del viernes podrían presentar mayor intensidad en el litoral sur. Incluso existe la posibilidad de que algún episodio sea localmente fuerte.
Las temperaturas permanecerán sin grandes variaciones.
En cuanto al viento, será del nordeste en el litoral alicantino. En el resto de la Comunitat Valenciana predominarán los vientos flojos y variables, evolucionando hacia componente este y sureste durante la tarde.
Previsión para el sábado: las últimas lluvias antes de la mejoría
El sábado 19 de septiembre podría convertirse en la jornada de transición definitiva hacia un tiempo más estable.
La previsión apunta a un cielo poco nuboso en Castellón, mientras que en Valencia y Alicante habrá mayor presencia de nubes.
Todavía son posibles precipitaciones en la mitad sur de la Comunitat Valenciana.
En principio, estas lluvias serán débiles, aunque no puede descartarse que puntualmente estén acompañadas de tormenta.
Las temperaturas mínimas permanecerán sin demasiados cambios o experimentarán un ligero descenso.
Las máximas se mantendrán prácticamente estables en Alicante y podrían subir ligeramente en el resto del territorio valenciano.
Por tanto, aunque el sábado todavía habrá que mirar al cielo, la situación será muy diferente a la vivida durante el fuerte temporal del miércoles.
El domingo cambia el tiempo en Valencia
La mejor noticia de la previsión meteorológica llega para el domingo 20 de septiembre.
Aemet espera un predominio de cielos poco nubosos con presencia de nubes altas, lo que supone un cambio significativo respecto a las jornadas anteriores.
Durante las primeras horas pueden aparecer intervalos de nubes bajas y algunas brumas en zonas del interior de Valencia y Alicante.
Las lluvias, sin embargo, desaparecen de forma general de la previsión.
Las temperaturas mínimas permanecerán estables y las máximas experimentarán un ligero ascenso.
El viento será flojo y variable, aunque durante la tarde predominarán las componentes sur y este.
¿Qué tiempo hará este fin de semana en Valencia?
La previsión del tiempo para el fin de semana en Valencia presenta, por tanto, dos escenarios claramente diferentes.
El sábado todavía puede quedar cierta inestabilidad y no se descartan precipitaciones débiles, especialmente hacia el sur de la Comunitat Valenciana.
El domingo será previsiblemente la jornada con mejores condiciones meteorológicas.
La progresiva retirada de las precipitaciones permitirá recuperar un escenario mucho más estable después de varios días marcados por tormentas y lluvias torrenciales.
No obstante, como sucede habitualmente en situaciones de inestabilidad mediterránea, resulta recomendable consultar las actualizaciones de Aemet, especialmente antes de realizar desplazamientos o actividades al aire libre.
El temporal deja cientos de incidencias en Valencia
La preocupación por saber cuándo dejará de llover en Valencia llega después de una jornada especialmente complicada.
El Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat había contabilizado 774 incidentes relacionados con las lluvias y tormentas entre las 14:00 horas del miércoles y las 08:00 horas del jueves.
Más de la mitad se concentraron en la ciudad de València, donde se contabilizaron 416 incidencias.
Los servicios de emergencia tuvieron que intervenir fundamentalmente por achiques de agua, filtraciones, problemas de circulación y vehículos que habían quedado bloqueados debido a la acumulación de agua.
Fuera de la capital también se produjeron numerosas incidencias.
Torrent registró 65; Moncada, 25; Bétera y l’Eliana, 24 respectivamente; y Paterna, 21.
Las cifras muestran la intensidad de un episodio meteorológico que en muy poco tiempo provocó importantes problemas en Valencia y su área metropolitana.
Más de 100 litros por metro cuadrado durante el temporal
El episodio dejó acumulaciones superiores a los 100 litros por metro cuadrado en varios puntos.
Pero uno de los factores determinantes no fue únicamente la cantidad total de agua registrada, sino la enorme intensidad con la que llegaron a producirse algunas precipitaciones.
Cuando una gran cantidad de lluvia cae en apenas unos minutos, aumenta considerablemente el riesgo de acumulaciones de agua, inundaciones en pasos inferiores y problemas en carreteras y zonas urbanas.
De ahí que la atención continúe puesta en la evolución de las precipitaciones mientras la inestabilidad se desplaza hacia el sur.
¿Va a seguir lloviendo en Valencia durante los próximos días?
Sí, todavía puede llover en Valencia durante los próximos días, pero la previsión meteorológica indica que el episodio pierde progresivamente intensidad.
Este jueves continúa siendo una jornada complicada, especialmente en el litoral sur de Valencia y en Alicante.
El viernes pueden registrarse nuevas precipitaciones, aunque serán generalmente débiles.
El sábado todavía existe posibilidad de algunos chubascos en la mitad sur.
Y el domingo 20 de septiembre se espera que las lluvias desaparezcan de forma generalizada, con predominio de cielos poco nubosos y una ligera recuperación de las temperaturas máximas.
Después del fuerte temporal, todo apunta por tanto hacia una estabilización progresiva del tiempo en Valencia durante el fin de semana.
Previsión del tiempo en Valencia por días
Jueves 17 de septiembre: lluvias y tormentas, localmente fuertes o muy fuertes en la mitad sur. Mejoría progresiva durante las últimas horas.
Viernes 18 de septiembre: cielos nubosos y posibilidad de precipitaciones generalmente débiles. Mayor riesgo de intensidad en el litoral sur durante la primera mitad del día.
Sábado 19 de septiembre: intervalos nubosos y posibilidad de lluvias débiles en la mitad sur, ocasionalmente acompañadas de tormenta.
Domingo 20 de septiembre: predominio de cielos poco nubosos, algunas nubes altas y desaparición generalizada de las precipitaciones.
¿Qué tiempo suele hacer en Valencia en septiembre?
En Valencia, septiembre suele seguir siendo un mes bastante veraniego, aunque empieza a notarse poco a poco el cambio hacia el otoño.
Según los valores climatológicos normales de AEMET para la ciudad de València, septiembre tiene una temperatura media de 23,5 ºC, con una máxima media de 27,9 ºC y una mínima media de 19,1 ºC.
¿Qué tiempo suele hacer en Valencia en septiembre?
- Temperaturas: durante el día lo habitual es rondar los 28 ºC, aunque todavía pueden producirse episodios de calor con temperaturas bastante superiores. Por la noche, las mínimas suelen situarse alrededor de 19 ºC.
- Primeras semanas: suelen ser más veraniegas, con calor, sol y temperaturas próximas a las de agosto.
- Final de septiembre: normalmente empieza a refrescar, especialmente por las noches.
- Lluvias: septiembre es uno de los meses en los que aumenta el riesgo de precipitaciones. La media histórica es de unos 70 mm en la ciudad y alrededor de 5 días de lluvia con al menos 1 mm.
- Tormentas: también aumentan respecto al verano, con una media de 2,8 días de tormenta en septiembre.
- Mar: el Mediterráneo suele mantenerse muy agradable para el baño durante buena parte del mes.
En resumen, septiembre en Valencia suele ser un mes ideal para disfrutar de la ciudad y de la playa, pero con un riesgo de lluvia y tormentas claramente mayor que en julio y agosto. De hecho, la precipitación media pasa de solo 20 mm en agosto a 70 mm en septiembre.
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