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La concejal de València en Comú, María Oliver, llevará la Senyera el 9 d’Octubre en la procesión cívica

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Los portavoces del Govern de la Nau han acordado que la concejala de Educación y Acción Cultural, María Oliver, será la encargada de llevar la Reial Senyera en la procesión cívica del 9 d’Octubre. Además, también se ha decidido que el año que viene será el turno de la concejala de Desarrollo Económico, Sandra Gómez.

Así lo ha expuesto el alcalde Joan Ribó antes del Pleno de septiembre, que se celebra este jueves en el Ayuntamiento de València. “Vamos a poner en marcha toda la dinámica administrativa para que este año sea así”, ha dicho Ribó. Por su parte, la concejala María Oliver ha expuesto que es un orgullo y “que es muy simbólico que sea la ciudadanía que ha llegado a las instituciones, la que lleve la Senyera este año”.

Al mismo tiempo, el alcalde ha explicado que “aunque no sea operativo todavía, el año que viene se ha consensuado que lleve la Senyera la concejala Sandra Gómez”. Oliver y Gómez llevarán así la Reial Senyera, después de que el año pasado el portavoz de Ciudadanos, Fernando Giner, fuera el encargado.

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Bizum en el punto de mira de Hacienda: el cambio que te va a afectar

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límite de operaciones de Bizum
PEXELS

La Agencia Tributaria intensifica el control sobre Bizum: nuevas medidas para frenar pagos no declarados y limitar ciertos usos de la plataforma.

El uso de Bizum como método de pago digital se ha extendido rápidamente en toda España por su rapidez, comodidad y gratuidad. Pero esta popularidad también ha despertado el interés de Hacienda, que ya ha anunciado nuevas medidas de control sobre los envíos de dinero a través de esta plataforma.

A partir de ahora, ciertos pagos por Bizum estarán prohibidos o deberán ser declarados de forma obligatoria, especialmente si implican actividades comerciales o ingresos recurrentes.


¿Qué cambios ha introducido Hacienda sobre Bizum?

La Agencia Tributaria quiere reforzar la vigilancia de los pagos electrónicos entre particulares, sobre todo aquellos que ocultan una actividad económica encubierta o eluden impuestos. Para ello, exigirá a los bancos informes mensuales sobre operaciones comerciales realizadas vía Bizum, independientemente de su cuantía.

Fin del límite de 3.000 euros

Hasta ahora, los bancos solo estaban obligados a informar a Hacienda sobre los movimientos que superaran los 3.000 euros anuales. Con el nuevo enfoque, ese umbral desaparecerá, y cualquier transacción con indicios de actividad económica será reportada, aunque sea de menor cuantía.


¿Qué envíos por Bizum estarán prohibidos o controlados?

1. Pagos comerciales no declarados

Los cobros por servicios o ventas a través de Bizum que no estén registrados como actividad económica podrían ser sancionados. Esto incluye:

  • Clases particulares

  • Venta de productos de segunda mano con fines lucrativos

  • Alquileres de viviendas o habitaciones

  • Servicios profesionales (peluquería, fisioterapia, fotografía, etc.)

Aunque se trate de pagos “entre amigos”, si se detecta periodicidad, cantidad elevada o descripción comercial, deberán tributar y serán informados a la Agencia Tributaria.

2. Actividad económica sin estar dado de alta como autónomo

Incluso si el emisor del pago no emite factura ni está dado de alta como autónomo, Hacienda podrá considerar ese ingreso como actividad económica. En ese caso, exigirá la declaración del importe como rendimiento profesional.


¿Qué Bizum no necesita ser declarado?

No todos los envíos de dinero por Bizum están bajo la lupa. Los pagos entre familiares o amigos que sean ocasionales y sin finalidad comercial no requieren ser informados ni declarados, siempre que no superen los 10.000 euros anuales entre dos personas.

Ejemplos de envíos que no están sujetos a control:

  • Transferencias entre padres e hijos para gastos personales

  • Regalos puntuales o colaboraciones para cenas, cumpleaños, etc.

  • Compartir gastos del hogar o del ocio


Límites actuales para usar Bizum en España

Aunque la normativa fiscal cambia, los límites operativos de Bizum se mantienen estables. Cada entidad bancaria puede establecer condiciones concretas, pero en general, los límites de uso son los siguientes:

  • 💶 Importe mínimo por operación: 0,50 €

  • 💸 Importe máximo por operación: 1.000 € (algunos bancos fijan el tope en 500 €)

  • 🔁 Límite diario de envíos: 2.000 €

  • 📅 Límite mensual de envíos: 5.000 €

  • 🔢 Máximo de operaciones mensuales: 60

Es importante recordar que estas condiciones pueden variar ligeramente entre entidades bancarias, por lo que conviene consultar la app o web del banco correspondiente.


¿Qué implicaciones tiene para los autónomos?

La Agencia Tributaria también prevé modificar el régimen de pagos de autónomos vía Bizum. Actualmente muchos profesionales lo utilizan para cobrar servicios de forma inmediata, pero con las nuevas medidas, deberán justificar cada transacción con su correspondiente factura, e incluirlas en su declaración trimestral de IVA e IRPF.

Este control busca evitar el fraude fiscal y la economía sumergida, pero también podría complicar la gestión para profesionales que trabajan de forma ocasional o no están dados de alta.


¿Multas por uso indebido de Bizum?

Sí. El uso indebido de Bizum para fines comerciales sin declarar los ingresos puede derivar en sanciones económicas que van desde los 300 hasta los 6.000 euros, dependiendo del volumen no declarado y si existe reincidencia.

Además, en casos graves, Hacienda puede reclamar el pago retroactivo de impuestos y recargos por demora.


Conclusión: ¿Qué debes tener en cuenta al usar Bizum en 2025?

Con las nuevas normas, Bizum sigue siendo una herramienta segura y eficaz para enviar dinero entre particulares, pero no debe utilizarse como método opaco para cobrar servicios o actividades económicas sin declarar. Si eres autónomo o realizas actividades por cuenta propia, declara siempre los ingresos recibidos, aunque te los paguen por Bizum.

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